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El TS de Navarra confirma seis años de cárcel para el ecuatoriano que abusó de su hermanastra de ocho

El condenado, de 27 años, obligaba a la niña a realizar actos sexuales a cambio de prestarle su móvil para jugar a videojuegos

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado la condena de seis años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial a un hombre ecuatoriano de 27 años que abusó sexualmente de su hermanastra cuando esta tenía ocho años.

Los hechos se produjeron de forma continuada mientras el procesado residía en el domicilio familiar, donde aprovechaba los momentos en que quedaba al cuidado de la menor para exigirle actos sexuales a cambio de prestarle su teléfono móvil con el que podía jugar a videojuegos. La convivencia finalizó en 2022, cuando el acusado se independizó y se marchó a vivir con su pareja.

Testimonio de la víctima y argumentos judiciales

El tribunal destaca la declaración de la niña como prueba fundamental. Dicha declaración se reprodujo íntegra en el juicio y se consideró coherente, consistente y avalada por otras pruebas de carácter documental, testifical y pericial.

El testimonio, además, se evaluó por dos psicólogas forenses que lo calificaron como altamente creíble, al tiempo que constataron que la menor presenta actualmente sintomatología compatible con los hechos relatados. Desde enero de 2024, la víctima recibe atención psicológica por parte de la Sección de Asistencia a Víctimas del Delito de Navarra.

La defensa del acusado había solicitado la absolución y, de forma subsidiaria, la repetición del juicio, por la negativa de la Audiencia a que la víctima volviera a declarar en la vista oral.

El Tribunal Superior rechaza esta petición y respalda la protección del testimonio de la menor. La Sala subraya que la exposición pública podría ocasionar un grave perjuicio psicológico y una revictimización, interfiriendo en su tratamiento y proceso de recuperación.

Libertad vigilada para el ciudadano ecuatoriano

Además de la pena de prisión, la resolución confirma que el condenado no podrá comunicarse con la víctima ni acercarse a menos de 300 metros durante diez años. También deberá cumplir, tras salir de la cárcel, una medida de libertad vigilada de otros diez años.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia establece la indemnización de 30.000 euros a la niña por los daños morales que sufrió. La sentencia, no obstante, aún puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.

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