Saltar el contenido

Portugal: triunfa la Ley de Chega y el parlamento prohíbe los burkas en espacios públicos

El proyecto del partido de André Ventura incluye sanciones a quienes obliguen a cubrirse el rostro a otras personas por razones religiosas o de género

Triunfa el proyecto de Ley del partido patriota, Chega, y el parlamento portugués prohíbe los burkas en espacios públicos del país. El texto entregado por la formación de André Ventura, aprobado con los votos de la derecha parlamentaria, establece la prohibición de cualquier forma de vestimenta que impida la identificación facial en lugares públicos, salvo ciertas excepciones.

La propuesta, inspirada en legislaciones similares en países como Francia, Bélgica y Dinamarca, es defendida por Chega como una medida de seguridad pública y defensa de la dignidad de la mujer, frente a quienes se autoperciben como sus defensores e “invocan tal principio en vano”.

La Ley de Chega sobre indumentaria que cubre la cara en lugares públicos

El medio portugués, Diário de Notícias, explica que la propuesta del grupo parlamentario, Chega, liderado por André Ventura, establece la prohibición de cualquier vestimenta que impida la identificación facial en lugares públicos, incluyendo indumentaria islámica que tapa la cara; pero no el hijab, porque deja visible el rostro.

También prohíbe obligar a alguien cubrirse la cara por motivos religiosos o de género

El artículo 1 del proyecto de ley establece la creación de normas de seguridad y prevención asociadas a la identificación de los ciudadanos en los espacios públicos.

Es en el artículo 2 en el que se establece la prohibición de usar ropa que impida mostrar la cara en lugares públicos y también prohibición de obligar a alguien cubrirse la cara por motivos religiosos o de género.

En el artículo 3 se especifica lo que se consideran espacios públicos, como la calle, transportes, hospitales, escuelas e incluso eventos deportivos y manifestaciones .

Las excepciones, en el artículo 4, permiten cubrirse el rostro por motivos de salud, profesionales o artísticos; en lugares de culto, instalaciones diplomáticas y consulares o aeronaves. También se incluyen entre las excepciones motivos climáticos y razones de seguridad.

El artículo 5 establece sanciones de hasta 4.000 euros a quien se salte la ley por negligencia o de forma deliberada. En ese sentido, el artículo 6 trata sobre la ocultación forzosa del rostro y advierte a quien obligue a otra persona a cubrirse la cara mediante violencia, amenaza o abuso de poder la aplicación del art. 154 del Código Penal portugués.

La Ley de Chega invoca la laicidad del Estado y el principio de igualdad

En la exposición de motivos del proyecto de ley, Chega recuerda el principio de igualdad y laicidad del Estado, previstos en la Constitución de la República Portuguesa y en la Ley de Libertad Religiosa, argumentando que no se debe privilegiar ni permitir ningún símbolo religioso en las instituciones públicas.

En ese sentido, Chega cita leyes al respecto que ya existen en Francia, Países Bajos, Dinamarca, Austria, Bulgaria y Bélgica, así como una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que ratificó la legitimidad de la prohibición.

Otras noticias sobre Chega y André Ventura

Deja tu respuesta