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Dos agricultores borran su deuda de 268.000 euros tras una campaña ruinosa por las heladas

Un juzgado de Lérida aplica la Ley de Segunda Oportunidad a un matrimonio de fruticultores al demostrarse que son deudores de buena fe

Endeudamiento insostenible. Un Juzgado de Lérida concedió la exoneración del pasivo insatisfecho a un matrimonio de fruticultores que acumulaba una deuda de 268.000 euros desde hace quince años en aplicación de la Ley la Segunda Oportunidad.

Una espiral de endeudamiento tras la destrucción de la cosecha por las heladas

El digital Economist & Jurist relata que la insolvencia del matrimonio comenzó hace quince años tras un año de mala producción por las heladas en sus campos que marcó un punto de inflexión en su economía.

Las plantaciones perdidas carecían de seguro y a ello se sumaron nuevas variantes de fruta que redujeron el valor de sus productos. La pareja decidió vender la producción a un comprador con fruterías en Barcelona en lugar de integrarse en cooperativas y ese error les impidió exportar.

Como los beneficios se desplomaron al final de la campaña, el matrimonio comenzó a financiar las siguientes con préstamos bancarios para continuar trabajando, pero los intereses se multiplicaron tanto que no pudieron abonar las cuotas establecidas.

Deudores de buena fe y ley de Segunda Oportunidad

Hace cuatro años la hija de los agricultores supo de la Ley de la Segunda Oportunidad y contactó con el despacho Bergadà Abogados al considerar que ese mecanismo podía resolver el problema de sus padres.

El despacho comprobó gracias a la documentación aportada que se trataba de deudores de buena fe y que aunque el caso era complejo podían acogerse al mecanismo de la Segunda Oportunidad.

Aunque el matrimonio se encontraba inmerso en una situación de sobreendeudamiento ya que no podían afrontar las cuotas de los préstamos que arrastraban desde hacía años, el despacho confirmó que eran de buena fe e inició un procedimiento que se alargó durante varios años.

Finalmente, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Lérida perdonó al matrimonio la deuda que acumulaba y que ascendía a 268.000 euros.

¿Qué ocurre con el dinero incobrable por la Ley de Segunda Oportunidad?

La ley establece límites claros sobre qué deudas pueden exonerarse y cuáles no pueden cancelarse, como por ejemplo, las derivadas de la responsabilidad civil.

En el caso del matrimonio de fruticultores, los bancos y entidades financieras que concedieron los préstamos asumen la pérdida contable: ni reciben el dinero que prestaron ni recuperan lo pendiente, ya que el juez canceló el derecho a reclamarlo una vez concedida la exoneración.

No existe un fondo público, estatal ni mecanismo alternativo que cubra ese «agujero«; simplemente, el acreedor lo registra como pérdida en sus cuentas, similar a cuando un préstamo se declara incobrable por impago prolongado.

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