El Tribunal Superior de Justicia de Madrid avaló la anulación de las escuchas policiales que originaron la causa por tráfico de drogas contra el artista
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) confirma la absolución del bailaor Rafael Amargo tras avalar la anulación de las escuchas policiales que originaron la causas contra él por presunto delito contra la salud pública.
Amargo y su productor, Eduardo de Santos, se enfrentaban a sendas penas de hasta nueve años de cárcel por un delito contra la salud pública en cantidad de notoria importancia.
La fiscal mencionó escuchas telefónicas entre agosto y noviembre de 2020 en las que se hablaba de cantidades de droga que sobrepasan el autoconsumo y que determinan la notoria importancia (que implica hasta nueve años de cárcel).
En su informe, la fiscal también citó una conversación en la que alguien le pide al bailaor unas 500 pastillas y otra llamada en la que el artista afirma que quiere un kilo de metanfetamina.
Insuficiente justificación para autorizar los pinchazos telefónicos
La absolución se produjo, porque el TSJM consideró que se incumplieron las exigencias mínimas legales para acordar la intromisión al secreto de las comunicaciones. Por tanto, el Tribunal declaró nula la intervención de los teléfonos de los investigados solicitada por la Policía y acordada por el juzgado de Instrucción.
En concreto, los magistrados señalan que la justificación para solicitar los pinchazos telefónicos era “insuficiente para estimar que la medida fuera proporcionada con base a los elementos en que fundamentaban los agentes la sospecha de la comisión de un delito contra la salud pública”.
La anulación de las escuchas elimina el valor incriminatorio de las pruebas
En consecuencia, para el TSJM, la autorización del Juzgado de Instrucción de las intervenciones telefónicas iniciales, “debilita completamente el valor incriminatorio de la prueba en su mayor parte hasta el punto de anular su consistencia constitucional”.
Las principales pruebas de cargo que tenía la Fiscalía de Madrid para acusar al bailaor eran las intervenciones telefónicas y el testimonio de los investigadores de la Policía Nacional.
Los investigadores y la Fiscalía sostenían, como hechos no acreditados, que ambos acusados, Rafael Amargo y Eduardo de Santos, realizaban compras conjuntas para financiar el montaje de la obra ‘Yerma’.
Según recoge ‘Confilegal’, Rafael Amargo y Eduardo de Santos, por su parte, negaron las acusaciones por necesitarse como mínimo 100.000 euros para financiar el citado montaje teatral.








