El Tribunal afeó al PSOE que pedía la revisión preventiva de los votos nulos ‘por si acaso’ un error le favorecía y Adanero perdía su escaño
El Tribunal Supremo ha rechazado la petición del PSOE de examinar todos los votos nulos de las elecciones generales del pasado 23 de julio en la provincia de Madrid, al argumentar que “la simple discrepancia numérica en los resultados presentados en este caso (1.200 votos) no constituye fundamentación suficiente para la revisión”.
En la sentencia dictada este viernes, 25 de agosto, los magistrados examinaron al detalle la jurisprudencia y doctrina del Tribunal Constitucional al respecto, y concluyeron que solicitud del PSOE no satisface los requisitos establecidos en la corte de garantías.
En los 74 folios de la sentencia, el Alto Tribunal explica que no se puede acordar una revisión preventiva de los votos nulos “por si acaso pudiera apreciarse alguna errónea apreciación del voto nulo” favorable al Partido Socialista con el fin de ganar el escaño que obtuvo García Adanero para el PP.
Además, los magistrados también afearon al PSOE que no basó la petición de revisión en “una irregularidad o vicio en el proceso electoral que pueda implicar la falta de correlación entre la voluntad del cuerpo electoral y el resultado final, obtenido tras el ordenado y regular desarrollo del proceso con arreglo a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)”.
El PSOE argumentaba que la Junta Electoral Central interpretó mal la ley
En su apelación al Alto Tribunal, el Partido Socialista insistió en que la Junta Electoral Central había interpretado erróneamente la ley electoral al restringir su derecho de examinar los votos anulados.
El PSOE recurrió al Supremo con la intención de revertir la decisión de la JEC porque, según el partido, la proclamación de Carlos García Adanero como diputado por el PP, “cercenaba” la posibilidad de proclamar diputado al correspondiente diputado socialista.
En otros términos, que el socialista Javier Rodríguez Palacios no ocupe el escaño 11 por Madrid trastoca la aritmética parlamentaria para que Sánchez vuelva a Moncloa. Al perder un escaño en favor del PP, Sánchez pasa a necesitar el voto favorable de Junts, cuando antes le bastaba con la abstención del partido del golpista prófugo Puigdemont.
La Fiscalía respaldó la petición del PSOE
La sentencia del Supremo se produce después de que, esta misma semana, la Fiscalía se posicionó a favor de la solicitud del PSOE. La Fiscalía consideró “aceptable” la petición socialista de revisar “todos los votos nulos” porque eras “susceptibles” de afectar el resultado electoral.
Según ha informado Europa Press, el fiscal Ricardo González Cerrón fue más allá y consideró pertinente anular el acuerdo entre la JEC y de la Junta Electoral Provincial de Madrid que atribuía el escaño a Carlos García Adanero tras el escrutinio del voto CERA.
agosto 28, 2023 @ 12:47 pm
Parece que la fiscalía (“¿de quién depende?”) sí ve oportuno revisar los votos nulos…
https://www.eldiario.es/politica/fiscalia-apoya-peticion-psoe-revisar-votos-nulos-madrid-23j_1_10456336.html
Todo está podrido.