Confirma la resolución del Juzgado Mercantil favorable a los herederos del artista y descarta la coautoría del productor de las piezas, José Torregrosa
En el 10º aniversario del fallecimiento de Paco de Lucía, la Audiencia Provincial de Madrid ha sentenciado que el maestro es el único autor de 37 obras musicales de estilo flamenco, entre ellas, trabajos tan famosos como ‘Entre Dos Aguas’, frente a las pretensiones de los herederos de su productor, que se registró como coautor sin que el guitarrista lo supiera.
Los temas, compuestas en los años sesenta y setenta del siglo pasado estaban registrados en la Sociedad General de Autores (SGAE) en titularidad compartida con el productor musical José Torregrosa Alcaraz, quien, según se recoge en la resolución -que confirma otra del juzgado de lo Mercantil de Madrid-, se limitó a transcribir en partitura las obras creadas por Paco de Lucía.
Abuso de confianza del productor, registrándose como coautor a espaldas de Paco de Lucía
Paco de Lucía era músico autodidacta que carecía de la preparación para transcribir sus partituras, y el productor Torregrosa, además de esa labor, tramitó su registro en la SGAE “un abuso de confianza hacia el verdadero creador y autor de las obras, que nunca se ocupó de estas gestiones” hasta que una hija suya se preocupó de ello y destapó una situación que culmina con la sentencia.
Por su parte, los herederos del productor sostuvieron durante el pleito que la transcripción de las creaciones de Paco de Lucía incluyó arreglos y modificaciones, tesis que desestimó el juzgado mercantil, porque en casos concretos con alguna clase de arreglo musical (orquestal) carecían de la trascendencia necesaria para considerarse una obra derivada.
Por tanto, sentenció que los herederos del productor debían devolver las cantidades percibidas por la explotación de esas obras durante décadas. La decisión judicial también contempla el pago en costas a la parte apelante, además de confirmar la indemnización de 10.000 euros por daño moral, impuesta por la sentencia de origen del Juzgado de lo Mercantil.
Los peritos desmontan la coautoría
Los magistrados alcanzan esta certeza en gran parte por el peritaje de la obra de Paco de Lucía. Según los especialistas, sus composiciones son muy personales y “de tal complejidad técnica (que incluye picados y rasgueos de enorme dificultad) que sólo podían concebirse por un guitarrista, y además de estilo flamenco”. El productor, sin embargo, era pianista y no un músico flamenco y sus partituras fueron confeccionadas desde la postura de un pianista.
El perjuicio moral a Paco de Lucía
En ese sentido, y más allá del reconocimiento de la autoría del conjunto de piezas musicales, los magistrados se detienen de manera singular en el perjuicio de carácter moral ocasionado al artista. “Nos encontramos ante un artista de fama mundial, considerado un maestro en su género, que ha visto negado públicamente el reconocimiento de la autoría exclusiva de un número bastante significativo de sus obras musicales”, señala la sentencia.
“Consta que el interesado mostró su amarga queja por este motivo y que trató de luchar en vida contra esa situación sin que le diera tiempo a conseguir el éxito en su empeño. Puede comprenderse perfectamente la aflicción que tuvo necesariamente que ocasionar en la persona de Paco de Lucía la vivencia de una situación como ésta”, añade la sentencia.
La sentencia puede recurrirse en casación ante el Supremo.












