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La Audiencia Nacional tumba la maniobra del PSOE contra Aldama y rechaza su vuelta a prisión

El juez del ‘caso hidrocarburos’ descarta que tengan relevancia para encarcelarlo sus entrevistas o sus comparecencias públicas, porque entraría en abuso procesal

El juez de la Audiencia Nacional del ‘caso hidrocarburos’ ha rechazado la solicitud del PSOE de acordar la prisión provisional comunicada y sin fianza del empresario Víctor de Aldama, imputado por el presunto fraude millonario en el pago de IVA de hidrocarburos tras una polémica concesión gubernamental

Según detalla el juez instructor en su auto, rechaza la medida solicitada por el PSOE, porque, para acordar la comparecencia de prisión se requiere, al menos, que se aporten nuevos datos o hechos relevantes.

En este sentido, el juez considera que tampoco son nuevos datos o circunstancias relevantes “las entrevistas o comparecencias públicas que haya podido realizar» Aldama, o los acontecimientos que se produjeron en el «Tribunal Supremo o en el Senado, pues son cuestiones que no afectan a esta causa”.

La acusación popular es buena si se persona el PSOE

A pesar de la criminalización perpetrada por el gobierno de Sánchez y sus cómplices políticos y mediáticos contra las acusaciones populares cuando no les conviene, en esta ocasión, como en el resto de causas en las que se persona el PSOE la acción popular les pareció una herramienta constitucional perfectamente válida que no hay que vaciar de contenido vía reforma.

La prisión solicitada por el PSOE implica abuso procesal

El juez subraya que, sin nuevos datos del caso, no tiene obligación de acordar la medida, pues aparte de vulnerar el derecho a la estabilidad procesal (que evita el abuso procesal) no existiría base jurídica suficiente para revisar una medida que ya se decidió.

Además, el magistrado explica que debe acordarse con el fin de prevenir el riesgo de fuga, la reiteración delictiva o la destrucción de pruebas.

No puede meterlo en prisión por reunirse con otros imputados

En relación con el informe de la Guardia Civil de 18 de diciembre, el magistrado afirma que, pese a lo alegado por el PSOE, no puede seguirse que el investigado siga en la reiteración del delito o que oculte pruebas.

El juez apunta que “el hecho de reunirse con otro u otros investigados desde luego no lo es (no hay medida que se acordó al efecto), aparte que en el atestado tan solo se significa que pudiera (ser) el retorno de documentación y que luego no se encontró. Obviamente no puede deducirse, a falta de otros datos, que se estuvieran ocultando pruebas”. 

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