El colapso migratorio y el efecto llamada es total en España por culpa de las políticas del gobierno de Pedro Sánchez
La nueva medida de “regularización” de inmigrantes impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez para legalizar a más de 500.000 personas en situación irregular —con estimaciones que elevan la cifra hasta los dos millones— ha generado un intenso debate político, jurídico y social. Uno de los puntos más controvertidos del real decreto es la posibilidad de archivar automáticamente expedientes de expulsión ya iniciados.
Archivo automático de expulsiones: el punto más polémico
Según recoge la disposición adicional vigésima, apartado quinto, del real decreto, las personas que soliciten y obtengan la autorización de residencia quedarán exentas de procedimientos de devolución o expulsión en curso. En la práctica, esto implica que dichos expedientes serán archivados y, si existiera una orden previa, esta podrá ser revocada.
Esta medida afecta directamente a quienes se encuentren en situación administrativa irregular, incluyendo casos de estancia sin autorización o trabajo sin permiso, infracciones consideradas graves dentro de la legislación española.
Críticas legales: ¿una “amnistía encubierta”?
Diversos expertos jurídicos han cuestionado el alcance de la norma. Entre ellos, la abogada del Estado Patricia García-Gallardo sostiene que se trata de una medida de gran impacto jurídico que podría interpretarse como una “amnistía encubierta”, ya que permitiría dejar sin efecto órdenes de expulsión en tramitación o ya acordadas.
Según estas interpretaciones, el simple acceso a la regularización bastaría para paralizar procedimientos sancionadores relacionados con la situación administrativa irregular.
Requisitos para la regularización: permanencia y “vulnerabilidad”
El decreto establece condiciones relativamente flexibles para acceder a la regularización. Entre ellas, se exige acreditar una permanencia mínima de cinco meses en España y no contar con antecedentes penales.
Además, los solicitantes deberán declararse en situación de “vulnerabilidad”, una condición que deberá ser validada por servicios sociales o entidades colaboradoras.
Este concepto incluye una amplia variedad de supuestos, como aislamiento social, riesgo de exclusión económica o dificultades de acceso al empleo, además de una categoría abierta que genera preocupación por su amplitud interpretativa.
Posibles beneficios incluso en prisión preventiva
Otro aspecto controvertido es la posibilidad de que personas en prisión preventiva puedan beneficiarse de la medida. En determinados casos, si solicitan la regularización antes de ser juzgados o condenados, podrían evitar la expulsión del país, lo que, según fuentes policiales, complicaría la ejecución de medidas de retorno.
Baja ejecución de expulsiones en España
La polémica se enmarca en un contexto ya complejo en materia de inmigración. En el último año, España ejecutó solo el 8% de las órdenes de expulsión emitidas, con 3.398 deportaciones realizadas de un total de 41.315.
Esta cifra se sitúa muy por debajo de la media europea, que oscila entre el 25% y el 30%, lo que para algunos analistas refleja problemas estructurales relacionados con la burocracia y la cooperación internacional.
Flexibilización de requisitos en casos pendientes
El decreto también introduce cambios relevantes en su disposición transitoria segunda. Las personas con solicitudes de residencia en trámite o denegadas por silencio administrativo podrán acogerse a criterios más flexibles.
En estos casos, será suficiente acreditar la permanencia en España antes del 1 de enero de 2026, no tener antecedentes penales y cumplir requisitos menos exigentes que en procedimientos anteriores.












