Aprovecharon que la joven estaba indefensa por su estado de embriaguez y la agredieron múltiples veces en un descampado
Nueva violación en manada de delincuencia importada. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a tres colombianos por perpetrar una violación grupal a una menor de 17 años ebria en la madrugada del 31 de marzo de 2024 en Écija (Sevilla).
La Audiencia, con fecha de 14 de abril de 2026, impone 15 años de prisión al principal agresor y 13 años y 6 meses de cárcel a cada uno de los otros dos. La sentencia incluye la expulsión de España una vez cumplan las dos tercios de la pena con prohibición de regreso durante 8 años.
Violaron a una menor borracha
Los magistrados consideran probado que la víctima, tras pasar la noche de fiesta en La Carlota (Córdoba) y haber consumido una gran cantidad de alcohol, se subió al coche de los tres acusados junto a un amigo para volver a Écija.
Una vez en el vehículo, la joven cayó en un sueño profundo debido a su estado de embriaguez. Los tres hombres aprovecharon esa situación para llevarla a un descampado, donde, entre las 7:52 y las 8:15 horas, la sometieron a múltiples penetraciones vaginales, anales y bucales mientras permanecía inconsciente y completamente incapacitada para consentir.
El tribunal destaca que la voluntad de la menor estaba totalmente anulada por el alcohol, lo que convierte los hechos en una violación agravada por tratarse de una agresión sexual en grupo. Uno de los condenados recibió una pena superior por haber practicado tres tipos de penetración y haber provocado a la víctima una lesión anal con sangrado.
Cárcel y expulsión tras la violación grupal a una menor
La Audiencia basó la condena principalmente en el testimonio creíble y persistente de la víctima, respaldado por pruebas objetivas. La Fiscalía había solicitado 42 años de prisión para cada uno y la acusación particular pedía 45 años.
La sentencia prevé expresamente la expulsión de España una vez cumplan las dos terceras partes de la pena, accedan al tercer grado o se les conceda la libertad condicional, con prohibición de regreso durante 8 años.
Además de las penas de prisión, la Audiencia impone a los tres condenados la prohibición de acercarse o comunicarse con su víctima a menos de 300 metros durante 20 años, inhabilitación para trabajar con menores durante el mismo período, 10 años de libertad vigilada tras cumplir la cárcel y una indemnización conjunta de 80.000 euros por daños morales y lesiones.












