La víctima, de 13 años, había escapado de casa con una amiga y el magrebí la agredió sexualmente en un lugar apartado junto al río Arga
Ilegal marroquí violó a una niña de 13 años en un paraje apartado junto al Río ARga. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirmó la condena de diez años y un día de prisión que la Audiencia Provincial impuso en octubre pasado a un inmigrante ilegal magrebí de 35 años por violar a una niña de 13 años en Pamplona en octubre de 2022.
Los hechos sucedieron el 17 de octubre de 2022 alrededor de las 20 horas, cuando el acusado se encontró en la calle con dos menores de 15 y 13 años que se habían escapado de casa y se dirigían a una pista de bicicletas en el barrio de la Rochapea.
La violó en un paraje junto al río
Tras charlar unos minutos usando un traductor en el móvil, los tres caminaron hacia una zona ajardinada junto al río Arga, donde siguieron conversando. En un lugar apartado, mientras la chica de 15 años se tumbó y pareció dormirse, el hombre aprovechó para violar a la menor de 13 años.
Después de la agresión, con la otra adolescente ya despierta, las llevó hasta su domicilio, aunque el tribunal no consideró acreditados tocamientos adicionales en las escaleras.
Pruebas psicológicas respaldan la versión de la víctima
La Sala desestimó el recurso de la defensa y resaltó que la declaración de la menor cuenta con corroboraciones objetivas mediante testificales, documentales y periciales psicológicas. Las dos psicólogas forenses concluyeron que el relato de la víctima resulta “altamente creíble” y que presenta sintomatología compatible con los hechos.
Los magistrados rechazaron la hipótesis de un móvil espurio, como el miedo de la menor a represalias de sus padres por la fuga o el acoso escolar, ya que no apreciaron ganancia secundaria que justificara una denuncia falsa.
El tribunal compartió el criterio de la Audiencia al considerar que la declaración reúne credibilidad, coherencia y persistencia, respaldada por pruebas médicas y periciales, lo que enerva la presunción de inocencia y confirma la autoría del acusado.
Indemnización de 60.000 a la víctima
Los magistrados mantuvieron la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima a menos de 300 metros durante diez años, añadieron diez años de libertad vigilada tras la cárcel y fijaron una indemnización de 60.000 euros por daños morales. El fallo, recurrible ante el Tribunal Supremo, incluye también la expulsión del condenado una vez alcance el tercer grado o la libertad provisional, con veto de retorno a España por diez años.











