Los trabajadores por cuenta propia tienen una pensión media en este 2024 algo superior a los 960 euros frente a los más de 1.600 euros de los contratados
En junio de 2024, la pensión media de los trabajadores autónomos fue de 962,78 euros, mientras que la de los trabajadores por cuenta ajena bajo el Régimen General alcanzó los 1.600,85 euros.
Los números se agravan en el caso de los autónomos pertenecientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA): sus cotizaciones y su pensión de jubilación suele ser más baja que la del resto de trabajadores.
Según los últimos datos del Gobierno, a fecha del pasado mes junio, la pensión media de los trabajadores autónomos fue 638,07 euros menor, es decir, un 60% inferior al de los trabajadores por cuenta ajena. Esta diferencia se debe principalmente a las cotizaciones, diferentes entre ambos grupos. Actualmente, la base mínima de cotización para un autónomo es de 950,98 euros, mientras que para los trabajadores asalariados está fijada en 1.323 euros, según la Orden PJC/281/2024.
En cuanto a la base máxima de cotización, está fijada en 4.720,50 euros al mes, aunque el 86,6% de los trabajadores autónomos cotizan por la base mínima, según el informe anual del 2023 del Ministerio.
Bases de cotización
No obstante, el 97% de los autónomos aumentan su base de cotización a partir de los 55 años, aunque nunca es suficiente. Y es que el método actual para calcular la pensión de jubilación de la Seguridad Social tiene en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años.
Para calcular la pensión de jubilación, hay que considerar las últimas bases de cotización y el total de años cotizados, ya sea como autónomos o en diversos regímenes. Primero, se calcula la base reguladora dividiendo entre 350 las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses).
Base reguladora
Con la base reguladora obtenida, se determina el porcentaje de la pensión correspondiente al autónomo según sus años cotizados. Por ejemplo, con 15 años cotizados se tendrá derecho al 50% de la base reguladora o la pensión mínima correspondiente. Por cada uno de los siguientes 49 meses se añadirá un 0,21% de la base reguladora, y por cada uno de los siguientes 209 meses un 0,19%. Así, quienes hayan cotizado 36 años y 6 meses tendrán derecho al 100% de la base reguladora.
Por ejemplo, si un autónomo cotiza por la base mínima de 950,98 euros y ha cotizado más de 36 años y seis meses, tendría derecho a una pensión de jubilación de 814,86 euros mensuales o 11.408,04 euros anuales.
En definitiva, si eres autónomo y pagas por la base mínima, tu pensión será muy inferior al Salario Mínimo Interprofesional…








