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El Supremo anula otro nombramiento discrecional de García Ortiz a un fiscal afín

La Fiscalía General ocultó al Consejo Fiscal las posibles causas de incompatibilidad del candidato ascendido a la Fiscalía Superior de Baleares

El Tribunal Supremo (TS) anula el decretazo de 13 de junio de 2023 de nombramiento de Julio Cano Antón como fiscal superior de la Fiscalía de Baleares. El TS estima el recurso de otro candidato al puesto al no haberse sometido ante el Consejo Fiscal la posible incompatibilidad de la proposición de Cano por parte del fiscal general imputado, García Ortiz.

EL TS ordena retrotraer actuaciones para que el Consejo Fiscal resuelva si concurre o no la prohibición del artículo 58 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, debido a que Cano mantiene una relación sentimental con un fiscal destinado en la Fiscalía Superior de Baleares, circunstancia que legalmente es causa de incompatibilidad para el puesto.

Dicho artículo establece prohibición para ejercer el cargo a los fiscales en la misma Fiscalía donde ejerzan sus cónyuges o personas con análoga relación de afectividad, siempre que haya dependencia jerárquica inmediata entre ellos.

El fiscal demandante, que aspiraba al puesto, resultó perjudicado por el nombramiento discrecional de un afín ideológico a García Ortiz. En su denuncia, estimada por el TS, el perjudicado alegaba que se tramitó una comisión de servicios de forma urgente y sin ajustarse a las exigencias legales por parte de Justicia (concedida a la pareja de Cano) para evitar la incompatibilidad que, de respetarse la normativa, podía haber decidido el Consejo Fiscal.

El imputado García Ortiz conocía la posible incompatibilidad del nombramiento

La sentencia expone que es evidente que la Fiscalía General conocía la relación afectiva entre el candidato y un compañero destinado en la misma fiscalía de Baleares a la que optaba, porque el propio Julio Cano pidió a la Inspección Fiscal un informe sobre compatibilidad al respecto.

Sin embargo, la Inspección se negó a trasladar los hechos al Consejo Fiscal, que ostenta la exclusiva competencia para resolver sobre la posible incompatibilidad, ni tampoco se refirió a la citada circunstancia en su informe de valoración.

En vista de los hechos, la sentencia ordena retrotraer las actuaciones «con agilidad» todas las garantías y «en especial, con la motivación necesaria, a la vista de que afecta al derecho fundamental a la promoción en la Carrera Fiscal en condiciones de igualdad y con los requisitos establecidos por la ley”.

Nombramientos discrecionales de fiscales afines a García Ortiz

El beneficiado por el nombramiento, Julio Cano Antón, es miembro de la Unión Progresista de Fiscales, asociación minoritaria de la carrera que presidió el imputado García Ortiz. Desde que Sánchez le nombró a dedo fiscal general del Estado, García Ortiz se dedicó a promocionar a afines de su asociación con nombramientos discrecionales en la cúpula fiscal.

El recurrente obtuvo en la reunión del Consejo Fiscal cinco votos a favor de su nombramiento frente al candidato propuesto, que obtuvo cuatro más el del fiscal general imputado.

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