El juez recuerda que el crimen era parte de la ‘estrategia de desestabilización’ ideada por el ‘comité’ dirigente de la banda terrorista de ultraizquierda
El Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional (AN) procesa a cinco dirigentes de la banda terrorista de extrema izquierda, ETA, en el marco de la investigación por el asesinato del concejal del PP en San Sebastián, Gregorio Ordóñez, el 23 de enero de 1995.
En el auto, el magistrado instructor procesa a los siguientes pistoleros que integraban el ‘Comité Ejecutivo‘ o cúpula de la banda: José Javier Arizkuren Ruiz, alias ‘Kantauri’; Ignacio Gracia Arregi, ‘Iñaki de Rentería’; Mikel Albisu Iriarte, ‘Mikel Antza’; Julián Atxurra Egurrola, ‘Pototo’, y Juan Luis Agirre Lete, ‘Isuntza’.
También se emplaza al pistolero ‘arrepentido’ Valentín Lasarte, condenado por diez atentados, para que testifique en la investigación abierta por la presunta responsabilidad de sus citados compinches, los exjefes de ETA, a la hora de ordenar el asesinato de la víctima.
Asesinato de Gregorio Ordóñez por ‘decisión colegiada’ de la cúpula de la banda terrorista
El instructor recuerda que el asesinato de Gregorio Ordóñez, el 23 de enero de 1995 forma parte de la «estrategia de desestabilización» que desarrollaban los procesados a través de la cúpula de la banda, y está acreditada su orden de asesinarlo, como resultado de una decisión colegiada adoptada en 1994.
Entre las pruebas, el juez se basa en la declaración del propio Lasarte tras su detención en la que reveló su encuentro con Kantauri y declaró detalladamente cómo se planificó y perpetró el crimen. Además existen declaraciones de testigos protegidos que señalan que la orden de perpetrar el crimen vino “de Francia”.
Según recoge ‘Confilegal’ la AN aceptó la petición de las acusaciones, entre las que figura la familia de Gregorio Ordóñez, de prorrogar al menos hasta el 29 de julio el plazo de investigación de la investigación de la causa.
En su auto, el instructor procesa a estos cinco terroristas separatistas (miembros del Comité Ejecutivo de la banda de pistoleros desde 1992 hasta sus detenciones) por los delitos de asesinato terrorista y atentado contra Ordóñez, al tiempo que les emplaza para que nombren abogado y «oírlos en declaración indagatoria con asistencia letrada».
El juez distingue entre la actuación y funciones de los ‘comandos’ terroristas de ETA y el papel que ejercía su Comité Ejecutivo, y atribuye a los citados cinco pistoleros “la responsabilidad por todos y cada uno de los atentados que cometió ETA durante el tiempo de su integración en el comité, incluso cuando el objetivo no lo seleccionaban o autorizaban ellos”.
El ‘comité’ adoctrinaba, aportaba armas para los crímenes y represaliaba a quien quería dejar la banda
Así, precisa que el comité de terroristas no intervenía en la selección de víctimas corrientes, tales como policías, guardias civiles o militares, pero se reservaba la decisión de elegir las víctimas de especial trascendencia y relevancia política. Para el resto de crímenes, contra agentes y militares, los cabecillas dejaban a los ‘comandos’ de asesinos la capacidad de elegir por sí mismos contra quién perpetrar el atentado.
El Comité, según el juez, controlaba la actuación de las células terroristas, adiestraba a los pistoleros y les entregaba el armamento y los explosivos para perpetrar atentados. Del mismo modo, la cúpula facilitaba la huida de terroristas a países considerados seguros y también impedía que sus miembros dejasen la banda mediante represalias violentas.








