El TS se pronuncia a favor del recurso presentado por el dirigente gallego al que se le acusaba por delito de prevaricación
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha absuelto a Rafael Louzán del delito de prevaricación. Por ese delito fue condenado en su día en la Audiencia Provincial de Pontevedra. Este delito ha anulado y a la par que la inhabilitación de siete años para ejercer cargo público que se le había impuesto en sentencia.
De esta manera, Rafael Louzán podrá seguir siendo así, presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), puesto para el que fue elegido cuando aún estaba pendiente su recurso contra aquella sentencia que tenía en vilo a la institución.
Louzán fue condenado por la concesión de una subvención de 86.311 euros en las obras de mejora del campo de fútbol de la localidad pontevedresa de Moraña. En primera instancia la condena lo era también por fraude a la Administración Pública.
El Supremo admite las razones de Rafael Louzán
Su defensa recurrió al Tribunal Supremo. Finalmente, esta institución admite las razones de Rafael Louzán, como las de los otros tres condenados como cooperadores. Considera que los hechos que se dieron por probados tras el juicio no son constitutivos de un delito de prevaricación, sino, en todo caso, de una responsabilidad administrativa o contable. Sigue más noticias de DEPORTES en LA BANDERA.








