La magistrada no suspende la pena del condenado, porque ‘no existe perspectiva alguna de evitar la reincidencia’
Un Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Pamplona decretó el ingreso en prisión de un individuo boliviano condenado a 16 meses que el pasado día 10 maltrató a su expareja y golpeó a su hija de un año y medio en la capital navarra.
La sentencia deniega la suspensión de la pena y emplaza al agresor a ingresar en la cárcel de Pamplona antes de las 13 horas del próximo viernes, 21 de febrero. La magistrada tuvo en cuenta la naturaleza violenta de los delitos y el historial del condenado, y considera que “no existe por tanto perspectiva alguna de evitar la reincidencia con la suspensión de la pena”.
Un ciudadano boliviano agrede a su exmujer y su bebé
Los hechos enjuiciados se produjeron sobre las medianoche del pasado día 10, cuando el condenado se encontraba en la avenida Sancho el Fuerte en compañía de su expareja, quien llevaba en sus brazos a su hija de un año y medio, y ambos iniciaron una discusión por motivos relacionados con la custodia de las menores.
El sujeto boliviano agarró a la mujer “fuertemente del cuello y del brazo” y, “Durante el transcurso de la discusión, el procesado con el mismo ánimo llegó a golpear en la espalda a la hija menor de edad”, describe la sentencia.
La expareja sufrió lesiones, en concreto padeció dolor al palparse el húmero, la clavícula y al realizar cualquier movimiento del hombro. Asimismo, “como consecuencia de la agresión”, la hija menor presentó “rojeces en la espalda”.
‘No existe perspectiva alguna de evitar la reincidencia con la suspensión de la pena’
En el juicio rápido celebrado el lunes, la fiscalía solicitó para el encausado un año de prisión por un delito de maltrato no habitual en el ámbito de la violencia de género con multirreincidencia y otro año más por un delito de maltrato no habitual en el ámbito de la violencia doméstica.
El ciudadano boliviano, en presencia de su abogado, mostró su conformidad total y absoluta con los hechos que se le imputan y las penas, obteniendo así la rebaja de un tercio prevista por la ley. Además, no podrá acercarse a menos de 200 metros ni comunicarse con su expareja durante 2 años ni con su hija durante 18 meses.








