Ante la situación de hacinamiento, el Gobierno Canario tuvo que recurrir al TS para obligar al Ejecutivo socialcomunista a ocuparse de los ilegales
El Tribunal Supremo (TS), acuerda este miércoles requerir cautelarmente al Estado para que, en el improrrogable plazo de 10 días, garantice el acceso y permanencia en el Sistema Nacional de Acogida a los aquellos menas a cargo del Gobierno de Canarias que soliciten protección internacional o manifestasen su voluntad de solicitarla.
La medida afecta a unos 1.000 menas que se encuentran en la situación descrita en territorio canario. El auto por el que se acuerda la medida cautelar se dicta a instancia del Gobierno de Canarias, que previamente requirió al Ejecutivo de Sánchez la adopción de dichas medidas.
La gestión del sistema de acogida corresponde a la Secretaría de Estado de Migraciones, según el RD 220/2022, recuerda el TS
El Gobierno Canario recurre al TS para requerir al Ejecutivo que se ocupe de los menas
El TS, tras examinar sucintamente las competencias de ambas Administraciones, considera que, en la actual situación, el sistema estatal de acogida de menas solicitantes de protección internacional no ha sido puesto a su disposición, aunque tienen pleno derecho y resulta además «imprescindible para corregir la actual situación de hacinamiento en que estos menores -según resulta notorio- se encuentran».
Recuerda el TS que la Ley 12/2009, de asilo y protección subsidiaria, así como el Real Decreto 220/2022 que regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, diseñan un completo sistema de acogida para los solicitantes de asilo.
En concreto, se incluyen, entre otros, el derecho a “recibir prestaciones sociales específicas en los términos que se recogen en esta ley” que abarcan “los servicios sociales y de acogida necesarios con la finalidad de asegurar la satisfacción de sus necesidades básicas en condiciones de dignidad” (art. 30 de la Ley de asilo).








