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La Audiencia Nacional abre diligencias para investigar si el apagón general fue ciberterrorismo

El instructor detalla que el apagón supuso ‘una situación crítica para el bienestar y sentimiento de seguridad de los ciudadanos’

Una hora después de que Red Eléctrica Española (presidida por la exministra socialista, Beatriz Corredor) descartase un incidente de ciberseguridad en sus instalaciones, el titular del Juzgado Central de Instrucción 4 de la Audiencia Nacional incoa diligencias previas para investigar si el apagón general de ayer pudo ser un acto de sabotaje informático en infraestructuras críticas que encajarían en un delito de terrorismo según el art. 573.1 y 2 del Código Penal.

El magistrado acuerda como primeras diligencias requerir al Centro Cripotológico Nacional y a Red Eléctrica Corporación SA la elaboración de sendos informes para que en un plazo improrrogable de diez días indiquen la o las causas que motivaron el apagón.

Del mismo modo, solicita a la Jefatura de Información de Policía para que, también en un plazo de diez días, presente informe preliminar sobre los hechos acontecidos.

El apagón generak supuso ‘una situación crítica para el bienestar y sentimiento de seguridad de todos los ciudadanos’

El juez explica que el incidente ocurrió ayer sobre las 12.30 hora española y afectó a sistemas informáticos que soportan infraestructuras que proporcionan los servicios esenciales a la sociedad como salud, energía, industria, transporte, etc., lo que ha supuesto “una situación crítica para el bienestar y sentimiento de seguridad de todos los ciudadanos”.

El auto recoge la explicación facilitada por el Gobierno de que “se han perdido” de forma súbita durante 5 segundos 15 GW de la energía que se estaba produciendo en ese momento, lo que equivale al 60 por ciento de la luz que se estaba consumiendo, siendo “algo que no había ocurrido jamás”.

Señala que el ‘ciberterrorismo se encuentra entre unas de las posibles’ causas del apagón

El juez indica que, si bien en este momento la causa de los hechos resulta desconocida, “el ciberterrorismo se encuentra entre unas de las posibles”. Por tanto, resulta necesaria, según el juez, la apertura de una investigación judicial.

El magistrado explica que conforme al artículo 573 del Código Penal los delitos informáticos pueden ser calificados como terrorismo cuando su finalidad sea desestabilizar gravemente el orden constitucional o el funcionamiento de los servicios esenciales.

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