Se inicia el procedimiento de infracción por vulnerar la Competencia y por normas ajenas al derecho europeo que pueden acabar ante el Tribunal de la UE
La Unión Europea inició este jueves un procedimiento de infracción contra España debido a la intervencionismo del Gobierno, encabezado por el yerno de Sabiniano, en la Oferta Pública de Adquisición (OPA) de BBVA sobre Banco Sabadell.
Bruselas considera que se vulneró la Ley de Defensa de la Competencia, especialmente por la decisión del Ejecutivo español de trasladar el asunto al Consejo de Ministros. Según fuentes de la Comisión Europea, no existía justificación válida para esta medida, que luego derivó en la prohibición de fusión entre ambas entidades durante los próximos tres años.
La UE también encuentra que se podría menoscabar la autoridad del Banco Central Europeo y se planeta un obstáculo injustificado a la libre circulación de capitales, entre posibles irregularidades.
La Comisión indica al Gobierno socialcomunista lo que debe corregir en dos meses para no sancionar a España
La Comisión envió una carta al Gobierno español detallando sus exigencias, otorgándole un plazo de dos meses para responder. Luego, emitirá un dictamen que determinará si persiste la infracción y qué medidas se deben adoptar.
Si España no realiza los cambios requeridos —modificaciones legislativas y restricciones a futuras intervenciones del Consejo de Ministros—, la UE podrá llevar el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que podría imponer una sanción.
El Mundo recoge que desde Bruselas consideran que la decisión, adoptada el 27 de mayo, no estaba respaldada por los supuestos de interés general previstos en la Ley de Competencia.
Aseguraron que el Gobierno no debía haber elevado la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), dado que la operación entre BBVA y Sabadell no se ajustaba a los criterios que permitirían al Ejecutivo intervenir en una concentración empresarial.
Un cúmulo de irregularidades en la maniobra de Sánchez
Además, desde la Comisión recalcaron que cualquier obstáculo a la libre circulación de capitales o a la libertad de establecimiento debe estar debidamente justificado por razones de interés general.
La Unión Europea también señaló que existen otras dos normas clave en el proceso de la OPA que no se alinean con la normativa comunitaria: la Ley 10/2014 sobre ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, y el artículo 11 del Real Decreto 84/2015.
Estas normas otorgan al ministro de Economía facultades para vetar y decidir sobre operaciones de fusión, escisión o adquisición, lo que, según Bruselas, podría menoscabar la autoridad del Banco Central Europeo.








