Sin incitar a la violencia, transmitió ‘datos estadísticos sustentados en informes policiales sobre indicios delincuenciales en Bilbao’
El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado abrir causa contra el eurodiputado Luis Pérez Fernández, más conocido como Alvise, por difundir en 2023 un documento policial con 79 fichas de detenidos durante las fiestas de Bilbao.
Fotos, nombres y apellidos de 79 detenidos
El 31 de agosto de 2023, Alvise compartió en su canal de Telegram un archivo de la Ertzaintza titulado “Batería fotográfica de individuos más activos en la comisión de robos con violencia e intimidación”. El documento incluía nombres, apellidos y fotos de 79 detenidos. Junto al archivo, Alvise escribió:
«Aquí tenéis el documento policial con la ficha de todos los detenidos durante las Fiestas de Bilbao finalizadas este pasado domingo. Mis abogados y yo hemos considerado ese documento confidencial policial de interés público nacional. Adivinen qué tienen TODOS en común y por qué a ninguno de ellos se les hace un Rubiales. NOTA. Esto son solo los robos con violencia o intimidación. Las agresiones sexuales y violaciones son otra lista parecida pero más larga».
La difusión generó más de 243.000 visualizaciones y 10.500 interacciones.
No es delito de odio ‘transmitir datos estadísticos’ de en informes policiales
El alto tribunal descarta delito de odio: en primer término, porque el mensaje “En esencia, transmite datos estadísticos con bases sustentadas en informes policiales sobre indicios delincuenciales en Bilbao».
Además, añade el comunicado del Supremo, aun cuando sugiere la presencia mayoritaria de extranjeros, no aprecia incitación a la violencia ni peligro abstracto para su seguridad.
Finalmente, el TS Recalca que el odio “no basta” para condenar, sino que debe ir acompañado de un riesgo de alentar ataques, algo que en este caso no se dio.
Alvise no interactuó en comentarios xenófobos de canales secundarios
La Sala subraya que no hubo interacción directa de Alvise en los comentarios que circularon en canales secundarios, donde sí aparecieron mensajes xenófobos. Por tanto, concluye que los hechos carecen de relevancia penal y archiva la exposición razonada enviada por el Juzgado de Instrucción 5 de Bilbao.
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