En un ‘clima de pánico y terror en el domicilio’ el condenado también maltrató al hijo menor de su víctima, fruto de una relación anterior
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 14 años de prisión impuesta en junio por la Audiencia Provincial de Navarra a un hombre de origen senegalés, culpable de violar y maltratar a su mujer, así como de maltratar al hijo menor de ella, fruto de una relación anterior.
En palabras de los magistrados, todo ello reflejaba un “clima de pánico y terror en el domicilio”, descartando cualquier intención de fabulación por parte de la denunciante. La pareja se conoció en 2017 y contrajo matrimonio civil en 2018, tras la llegada del condenado a España y la obtención de su permiso de residencia: al poco, cambió su comportamiento.
El senegalés pasó de la convivencia, al terror doméstico
Según la sentencia, al poco de casarse el comportamiento del condenado cambió drásticamente: comenzó a humillar a su esposa con insultos degradantes como “puta vieja” o “eres mía, no te librarás nunca de mí”. También la sometía a violencia física —agarrones en el cuello, empujones— y a un estricto control de horarios y llamadas constantes.
El hijo menor de la mujer tampoco escapó de los abusos: recibía insultos como “gordo” o “estorbo” y era forzado a hacer ejercicio hasta la extenuación, generando un clima de terror en el hogar. La sentencia describe tres episodios de maltrato: en marzo de 2019, el 31 de diciembre de ese año y el 14 de marzo de 2020, uno de ellos directamente contra el menor.
El senegalés humillaba a su esposa con expresiones como: ‘puta vieja’ o ‘eres mía, no te librarás nunca de mí’
El episodio más grave ocurrió el 21 de noviembre de 2021, cuando la pareja ya estaba separada. El acusado convenció a su exmujer para pasar la noche en casa, con la excusa de cuidar a la hija común y permitirle descansar. Esa madrugada, la violó mientras dormía, provocándole un desgarro que requirió intervención quirúrgica de urgencia y 30 días de recuperación.
La agresión sexual: testimonio creíble y pruebas contundentes
El TSJN rechazó el recurso de la defensa, que pedía la absolución, y respaldó la valoración de la Audiencia Provincial, que consideró veraz y coherente el testimonio de la víctima. Los jueces subrayaron que su relato se corroboró por pruebas objetivas: el testimonio del hijo, declaraciones de una compañera de trabajo que vio lesiones y escuchó insultos, agentes policiales que intervinieron en 2020 y el informe médico tras la violación.
La sentencia ratificada incluye 9 años de cárcel por agresión sexual con violencia e intimidación, 2 años y 6 meses por maltrato habitual y tres condenas adicionales de 10 meses cada una por maltrato no habitual. Además, el condenado deberá indemnizar a su exesposa con 12.300 euros (10.000 por daños morales y 2.300 por lesiones) y 4.500 euros al hijo menor.
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