Como la presunta falsedad documental de una diplomatura de José María Ángel Batalla es de 1983, pasaron más de 10 años y se extinguió su responsabilidad penal
El Juzgado de Instrucción nº4 de Valencia decreta el sobreseimiento de una causa abierta por la denuncia del Sindicato de Funcionarios Manos Limpias por falsedad documental contra el excomisionado sanchista para la Dana, José María Ángel Batalla, al entender que los hechos están prescritos y, por tanto, la posible responsabilidad penal ha quedado extinguida.
El magistrado razona en un auto que el delito de falsedad documental es un delito que se consuma de forma instantánea, aunque tenga efectos permanentes, tal y como recoge diversa jurisprudencia de las Audiencias Provinciales de Sevilla y Valencia, así como del Tribunal Supremo.
‘Los hechos denunciados habrían prescrito cuanto menos hace 30 años’
En este caso, la denuncia se refiere a la supuesta falsificación de José María Ángel Batalla en el año 1983 de un título de diplomado en archivística y biblioteconomía, por lo que estaría prescrito de conformidad con lo que dispone el Código Penal. Según el auto judicial, “los hechos denunciados habrían prescrito cuanto menos hace 30 años”.
“Ya se aplique el delito del artículo 390 o el artículo 392 del Código Penal, con plazos de prescripción de 10 o de 5 años, respectivamente, los hechos denunciados están notoriamente prescritos”, señala el instructor.
La falsedad documental ‘no es un delito permanente’, aunque ‘produzca efectos a lo largo del tiempo’
El magistrado cita jurisprudencia, como un auto de 2019 de la Audiencia de Valencia que recuerda que el delito de falsedad documental “no es un delito permanente en los términos establecidos en el artículo 132 del Código Penal”, aunque después de su consumación instantánea produzca efectos a lo largo del tiempo, por lo que ha de distinguirse de “aquél que se consuma de forma prolongada en el tiempo hasta que se pone fin a la conducta atípica”.
La decisión del Juzgado de Instrucción 4 de Valencia se notificó este miércoles a las partes, y puede recurrirse.
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