«El 98% de los contratos que van a demanda se ganan», señala una abogada por las “condiciones abusivas de los contratos”
Debemos tener mucho ojo con las tarjetas revolving y con las condiciones que firmamos. Sobre todo en lo que respecta a los intereses que se cobra. Ahora ABANCA, según señala Galiciapress, está contra las cuerdas tras una sentencia.
La abogada Estela Royo, del despacho de Gayres Abogados, explica a este medio gallego, las consecuencias de la última sentencia contra ABANCA. Todo por las condiciones abusivas de los contratos revolving con TAE por encima del 30% en algunos casos.
Los fallos del Tribunal Supremo sientan las bases para que en los próximos meses lleguen más fallos judiciales como este: «Las entidades bancarias juegan un poco con esa baza de que el cliente no sabe o desconoce que puede reclamar».
Entre ciberataques o casos de phishing los titulares que está dejando ABANCA por el reguero de escándalos en los que se ve salpicada ponen a la entidad bancaria en una posición muy delicada con sus clientes, a los que no les ha temblado el pulso en ir por la vía judicial. Así lo refleja Galiciapress.
Condiciones abusivas
El último de los casos tiene que ver con las polémicas tarjetas revolving, un producto que está siendo muy criticado por las condiciones abusivas de muchos contratos. En los Juzgados de Arzúa ya han declarado como un claro ejemplo de usura. Han condenado a ABANCA a indemnizar a uno de sus clientes y a anularle judicialmente el contrato de la tarjeta de crédito.
La sentencia pone de manifiesto la “falta de transparencia” por parte de la entidad bancaria sobre la tarjeta revolving de ABANCA. No obstante, la abogada Estela Royo puntualiza. “Todo análisis de falta de transparencia o de usura se ajusta al caso concreto. Ni todos los contratos de una entidad ni todos los contratos de tarjetas revolving son no transparentes”.
Sentencias del Supremo
Esto significa que, aunque sienta un precedente interesante y pese a las sentencias existentes en el Tribunal Supremo, el fallo no se traduce en que todas las tarjetas revolving sean, por norma, abusivas en sus condiciones. “Lo que sí existe es una jurisprudencia asentada”.
Una tarjeta revolving es un tipo de tarjeta de crédito que permite aplazar los pagos de las compras realizadas, dividiendo el importe en cuotas mensuales. A diferencia de una tarjeta de crédito convencional, donde el saldo suele pagarse en su totalidad al final del mes, con las revolving el usuario paga una cuota fija o un porcentaje del saldo pendiente, lo que genera intereses sobre el importe aplazado.
Sin embargo, estos intereses suelen ser muy elevados, con una TAE que suele rondar el 20 o el 30%, lo que puede disparar la deuda.
Cuotas mínimas
Al tiempo, al pagar cuotas mínimas, la deuda se reduce lentamente, por lo que el endeudamiento puede ser más prolongado y, por tanto, su coste más alto por los intereses acumulados y existe un mayor riesgo de sobreendeudamiento.
En el caso de la denuncia presentada en Arzúa contra ABANCA, la TAE rozaba casi el 38%, en la línea de otras sentencias del TS sobre tarjetas revolving que pueden ser consideradas usurarias al superar significativamente el interés medio del mercado.








