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Condenada a cuatro años por drogar a su bebé con tranquilizantes y cocaína en Ávila

Echó en el biberón antidepresivos para que se durmiera y poder suicidarse ella, pero luego llamó a la familia para contarlo

Le retiran la patria potestad tres años tras drogar a su bebé. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirmó la condena a una madre que drogó a su bebé de dos años con fármacos y cocaína para que durmiera tranquilo mientras ella intentaba suicidarse. La Sala rechazó el recurso de la defensa y ratificó la pena de cuatro años y tres meses de prisión por maltrato habitual y delito contra la salud pública.

La mujer, que padecía problemas psiquiátricos y había recibido el alta hospitalaria poco antes, administró repetidamente al niño distintas dosis de diazepam, venlafaxina (un antidepresivo) y cocaína entre abril y junio de 2020.

El niño sobrevivió a la ingesta

La sentencia consideró probado que lo hizo “con riesgo, por su escasa edad, de producirle una intoxicación al menor, si bien no consta que el niño haya sufrido lesiones a causa de referida ingesta”. El menor no necesitó tratamiento médico por estos episodios y la Administración asumió su tutela tras los hechos.

El incidente más grave ocurrió el 10 de junio de 2020 en el domicilio familiar de Ávila. La madre preparó un biberón de 240 mililitros en el que disolvió entre una y cuatro pastillas de diazepam de 10 miligramos cada una, junto con una cantidad no precisada de cocaína, con el propósito de dormir al niño y que no requiriera su atención.

El pequeño ingirió alrededor de 60 mililitros antes de rechazar seguir bebiéndolo. Después, ella ingirió fármacos para suicidarse, escribió una nota explicando lo sucedido y llamó a la pareja de su madre para alertar de que había tomado pastillas y dado tranquilizantes al hijo.

Penas accesorias y rechazo de atenuantes

El tribunal absolvió a la mujer de tentativa de asesinato y abandono de menores. La Sala de lo Civil y Penal del TSJ, con sede en Burgos, desestimó el recurso al considerar que “durante el referido período temporal no tuvo afectados ni su conocimiento ni su capacidad de juicio y de razonamiento ni su voluntad”, por lo que no apreció atenuante ni eximente por trastorno mental.

Además de la cárcel, la condena incluye la privación de la patria potestad durante tres años y la prohibición de acercarse o comunicarse con su hijo por cinco años, medida que ya se aplicaba como cautelar desde 2020.

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