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Condenado a 11 años el antiguo Grapo, Manuel Braña, por disparar a un hombre en Vigo tras discutir por unos perros

Tras su detención, Braña reiteró a los agentes sobre la víctima: ‘Lo voy a matar, si no lo hago yo, mando a alguien’

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a once años de cárcel al antiguo terrorista de la banda de ultraizquierda Grapo, Manuel Braña Gil, que el 14 de septiembre de 2023 disparó en el parque de Castrelos a un joven con el que tuvo un altercado previo por sus perros.

El tribunal, que también le ha impuesto el pago de una indemnización de 3.804 euros a la víctima, considera al antiguo pistolero de extrema izquierda de 70 años autor de un asesinato en grado de tentativa y de un delito de tenencia ilícita de armas.

Los magistrados subrayan en la sentencia que Braña disparó a la víctima “con la clara intención de matarla” y que “trató de asegurar el resultado excluyendo toda defensa y consiguiente riesgo para su persona”.

La resolución relata que, cuando se encontraron en el parque, el procesado, “casi sin aviso”, sacó “una pistola con la que apuntar y disparar”, al tiempo que destacan que el afectado “en modo alguno podía prever una reacción tan desproporcionada”. En ese primer momento en el que exhibió el arma, según la sentencia, “ambos estaban a unos dos o tres metros de distancia, pero el acusado tuvo algún problema para montar el arma, lo que le dio tiempo a la víctima a correr a refugiarse detrás del árbol”. 

‘Lo voy a matar, si no lo hago yo, mando a alguien’

Sobre las 18:30 horas del 14 de septiembre de 2023, el antiguo terrorista del Grapo se acercó a la víctima, que paseaba con su pareja, y profiriendo expresiones como “vas a morir” “ya te llevaba tiempo esperando”, desenfundó, apuntó y disparó. Sólo el problema para montar el arma dio tiempo a la víctima para refugiarse.

La resolución añade que el atacado “solo se libró porque se hallaba guarecido detrás del árbol, pero, incluso así, la bala iba en su dirección e impactó lateralmente en el árbol que se encontraba entre él y el acusado”.

Mientras el pistolero buscaba otro ángulo para disparar de nuevo a la víctima, esta pidió auxilio a gritos a unas paseantes, diciendo que el sujeto tenía un arma y pidiendo que llamaran a la Policía. Esta medida desesperada que provocó la huida de Braña, que tiró la pistola entre la maleza a unos 50 metros del lugar del ataque.

Cuando la Policía localizó al pistolero y lo detuvo, este manifestó reiteradamente durante su traslado a los agentes, en alusión a su víctima: “lo voy a matar, si no lo hago yo, mando a alguien”.

La defensa argumentó que podía haberse acercado y volver disparar, porque le quedaban balas en el cargador

La Audiencia subraya que el hecho de haber empleado una pistola y haber apuntado hacia el joven, al tiempo que disparaba hacia su parte posterior, es claramente acreditativo del ánimo de matarlo: “El disparo lo efectuó el acusado no con intención de asustar o impresionar a la víctima, sino para alcanzarla y matarla”, recalca.

Braña argumentó en el juicio que sólo quería amedrentar a su víctima, mientras que su defensa recalcó que podía haberse acercado para volver a dispararle, ya que aún había balas en el cargador. “Lo cierto es que en el vídeo se aprecia cómo el acusado acechaba del otro lado del árbol para obtener una nueva línea de disparo, por lo que no es que no quisiera rematar su obra, sino que tuvo dificultades para ello”, concluyen los magistrados.

Además de la pena de cárcel, la Audiencia impuso al antiguo terrorista de ultraizquierda diez años de libertad vigilada y la prohibición de aproximarse a una distancia inferior de 200 metros de cualquier lugar en el que se encuentre la víctima, así como la de comunicarse por cualquier medio con ella. La sentencia no es firme y se puede recurrir ante el TSXG.                     

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