Pena de 16 años para los inmigrantes ilegales que iniciaron una pelea sin motivo, acuchillaron con ‘ánimo de matar’ a la víctima e hirieron sus acompañantes
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias confirmó este martes las penas de 16 años de prisión por homicidio en grado de tentativa a dos ilegales magrebíes que apuñalaron salvajemente a cuatro hombres en la puerta de un pub de Gijón.
La víctima principal de los dos navajeros, uno marroquí y otro argelino, recibió cuchilladas en zonas vitales, mientras que su tres amigos también sufrieron cortes con el arma y recibieron asistencia médica.
Según recoge La Nueva España, los ilegales magrebíes , M. E. A. K. y A. E. G., afirmaron durante el juicio que no llevaban cuchillos en la noche de la agresión. Lo que desmintieron los testigos, las imágenes de la cámara de un banco cercano y el informe forense.
El informe precisaba que el agredido de mayor gravedad sufrió un tromboembolismo pulmonar, que pudo causarle la muerte, así como otra victima recibió otra cuchillada que no le mató «por puro azar«.
Atacaron a la víctima sin razón
Según los testigos, uno de los agredidos fumaba de madrugada en la puerta de un pub cuando se topó con los dos magrebíes, que comenzaron a insultarlo sin motivo y lo atacaron con una navaja en el cuello.
Dos de sus uevos amigos intentaron defenderlo y también resultaron heridos, uno con hasta siete puñaladas que lo mantuvieron 13 días ingresado, tres en la UCI. Una cuarta persona trató de intervenir y sufrió cortes en el cuerpo. Los testigos describieron una pelea rápida y confusa, sin tiempo para ver claramente las armas. Los atacantes huyeron enseguida.
Tres heridos fueron llevados al hospital de Cabueñes, y el más grave fue asistido primero por una camarera del pub, que le taponó las heridas hasta que llegaron las ambulancias. La policía detuvo días después a los navajeros ilegales.
Lo acuchillaron buscando zonas vitales para matarlo
La sentencia detalla que el tribunal acreditó el “ánimo de matar” puesto que el arma utilizada era una navaja, cuya “potencialidad lesiva y aptitud para causar heridas que pudieran ser mortales se hallan claramente constatadas”. La víctima no portaba arma blanca y los acusados se dirigieron a ella con una navaja, por lo que el tribunal rechazó que existiera legítima defensa o alguna provocación suficiente.
Los magistrados concluyeron que quedó demostrada la actuación “de mutuo acuerdo” entre los dos acusados, así como la coautoría y el dominio funcional del hecho: ambos participaron de igual ánimo y de forma concertada. La sentencia no es firme y aún puede recurrirse ante el Tribunal Supremo.
Este caso recalca que el uso de arma blanca en contextos de pelea pública multiplica la gravedad del delito. Las indemnizaciones fijadas responden tanto a los daños personales como al coste para el sistema sanitario y supuestamente están obligados a pagar 27.880 euros en indemnizaciones a las víctimas y 1.800,42 euros al Servicio de Salud.
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