Los cuatro perpetradores de la violación grupal de una joven borracha y drogada alegaron que hubo consentimiento
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha condenado a cuatro hombres de la conocida como ‘manada de Santander‘ a 28 años de prisión cada uno por la violación grupal de una mujer de 22 años en la capital cántabra, perpetrada el 30 de julio de 2022.
El tribunal aceptó un recurso presentado por la acusación, respaldado por la Fiscalía, y elevó de 19 a 28 años la prisión para los tres hombres que actuaron como autores y cooperadores en tres violaciones, pues debían recibir una pena agravada por actuar conjuntamente.
Al cuarto hombre, que solo presenció las agresiones, se le aumentó la pena de 16 a 28 años por considerarle cooperador necesario en cuatro violaciones, en lugar de cómplice.
El ‘amigo’ de la víctima asistió pasivamente a las violaciones
Según la sentencia, la víctima, tras una noche de fiesta, estuvo en un local de Santander entre las 6 de la mañana y las 12 del mediodía, donde se encontró con uno de los acusados, acompañado por los demás. Tras cerrar el local, uno de los acusados convenció a la mujer, intoxicada por consumo de alcohol, hachís y cocaína, para que le acompañase a la casa de uno de sus amigos.
Una vez en la casa, la joven fue voluntariamente a un dormitorio con el sujeto que la invitó para mantener relaciones. Sin embargo, de forma inesperada, entraron otros dos de los hombres, empezaron a tocarla, la desnudaron y la penetraron anal y vaginalmente, sin que ella quisiera en ningún caso mantener ninguna relación sexual con ellos.
Otro individuo, no identificado, la obligó a realizarle una felación. El hombre que llevó a la casa a la víctima asistió pasivamente a las violaciones sin evitar los hechos, según la sentencia.
La ‘manada de Santander’ alegó que hubo consentimiento de la víctima
La sentencia destaca que la víctima no consintió los contactos sexuales y la intimidación fue suficiente para caracterizar la gravedad de los hechos, lo que justifica la aplicación de la agravante a la agresión en manada.
El sujeto que llevó a la víctima a casa no impidió las agresiones y, según la sentencia, su presencia reforzó el ambiente de miedo, lo que constituye cooperación necesaria, no solo complicidad.
El Tribunal Supremo rechazó los recursos de los tres violadores (que alegaron consentimiento), por la existencia de pruebas sólidas contra ellos, destacando la credibilidad del testimonio de la víctima, que era coherente y corroborado.








