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El Constitucional anula la sentencia del exconsejero socialista Gaspar Zarrías por el saqueo de los ERE de Andalucía

El TC vuelve a argumentar que la Audiencia y el Supremo ‘realizaron una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación’

El Tribunal Constitucional (TC) ha estimado parcialmente el recurso de Gaspar Zarrías, exconsejero socialista condenado en el marco del ‘caso ERE’ y borra el delito de prevaricación doblemente sentenciado por la Audiencia Provincial de Sevilla y la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Igual que con el resto de altos cargos socialistas cuya exoneración anticipó Sánchez en un mitin, el TC borra por 7 votos a 4 el delito continuado de prevaricación por el que se condenó a Zarrías a 9 años de inhabilitación.

De nuevo, el TC borra parte de la sentencia condenatoria a un alto cargo socialista argumentando que la Audiencia y el Supremo interpretaron mal el Código Penal -de forma ‘imprevisible‘- y vulneraron el derecho a la legalidad penal del ex Consejero de la Junta, Gaspar Zarrías.

En consecuencia, el TC ordena retrotraer las actuaciones a la Audiencia Provincial de Sevilla para que dicte una nueva sentencia que no incluya los delitos borrados.

Según del TC, los presupuestos del ‘fondo de reptiles’ no constituyen delito de prevaricación

Las sentencias condenatorias de la Audiencia y el Supremo consideran que Gaspar Zarrías -en su calidad de Consejero de Presidencia de la Junta de Andalucía (1996 a 2009)- participó en la elaboración de los anteproyectos de presupuestos para los ejercicios de los años 2002 a 2009 y en su aprobación como proyectos de ley, así como en la de distintas modificaciones presupuestarias.

Según la Audiencia de Sevilla y el Supremo, los anteproyectos y proyectos de ley eran ilegales al infringir la normativa presupuestaria e incorporar en dichos presupuestos transferencias de financiación para el pago de ayudas sociolaborales, el programa conocido como ‘fondo de reptiles‘, que desplazaban la aplicación de la norma de subvenciones.

Por su parte, el fallo votado por la mayoría izquierdista del TC considera que la Audiencia y el Supremo «realizaron una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación, prohibida por el derecho a la legalidad penal».

Según el TC, cuyos integrantes actuales pactó el PP con el PSOE, la elaboración de los anteproyectos de ley y su aprobación como proyectos de ley no puede ser constitutiva del delito de prevaricación, porque son actos que dictó el Ejecutivo andaluz socialista en el ejercicio de su función de gobierno que le atribuye el Estatuto de Autonomía.

Pumpido censura los votos discrepantes con el fallo del TC con Zarrías

La sentencia cuenta con los votos particulares de los cuatro magistrados conservadores, que Pumpido ordenó censurar en la nota de prensa que anticipa el fallo del TC. Mediante esta cacicada bananera, Pumpido evita que se conozcan a la vez que la sentencia los votos discrepantes de la misma.

Con este retraso de varios días, hasta que se divulgue el fallo completo, la maquinaria de propaganda de Sánchez engrasada con el dinero de todos puede escenificar la ausencia de oposición al borrado de delitos, vía recurso de amparo al TC, de cabecillas del PSOE doblemente condenados por su relación con la trama corrupta del ‘caso ERE’.

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