El nuevo Registro de Vehículos Personales Ligeros se usará para exigir seguro obligatorio y control administrativo a más de cuatro millones de VMP
Nuevo reglamento y nueva fuente de ingresos para la Administración. El Consejo de Ministros aprobó el real decreto que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros, una herramienta imprescindible para aplicar la obligación de inscripción y seguro a los vehículos de movilidad personal, conocidos popularmente como patinetes eléctricos.
Esta medida permite cumplir la disposición adicional primera de la Ley 5/2025, que modificó la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor e introduce la obligación de asegurar todos los VMP desde el 2 de enero, aunque su aplicación quedó supeditada a la puesta en marcha efectiva del registro.
En materia sancionadora, la ley establece multas de entre 202 y 610 euros por carecer de seguro y sanciones de entre 250 y 800 euros por circular sin cobertura, en función de si el VMP se considera vehículo personal ligero o vehículo a motor según su peso y velocidad. sanciones, seguro VMP, normativa vigente.
Registro nacional, patinetes eléctricos, seguro obligatorio
La entrada en vigor del registro desbloqueó el requisito previo necesario para que los propietarios puedan contratar el seguro obligatorio, ya que la ley vinculó expresamente la cobertura aseguradora a la inscripción previa del vehículo en el sistema gestionado por la Dirección General de Tráfico.
Según las estimaciones oficiales, más de cuatro millones de vehículos personales ligeros circulan actualmente por vías urbanas españolas, lo que convierte este trámite en uno de los procesos administrativos más relevantes en materia de movilidad urbana. DGT, VMP, movilidad urbana.
Cómo registrarse y qué deben hacer los propietarios
Los titulares de estos vehículos, o sus tutores legales en el caso de menores, deberán realizar la inscripción de forma telemática a través de la sede electrónica de la DGT, donde ya se encuentra habilitado el procedimiento específico para los VMP.
Para facilitar el proceso, el teléfono 060 ofrecerá asistencia a quienes necesiten ayuda durante el registro, con el objetivo de evitar errores y agilizar la obtención del número de inscripción necesario para contratar el seguro obligatorio. sede electrónica, inscripción VMP, trámite digital.
El sistema también contempla otros supuestos habituales, como el cambio de titularidad, que deberá comunicarse en un plazo de treinta días mediante el modelo oficial, o la baja del vehículo, que se tramitará en centros autorizados de tratamiento al final de su vida útil.
Requisitos para patinetes con certificado de circulación
En la actualidad, la normativa distingue entre dos grandes tipos de vehículos de movilidad personal. Por un lado, se encuentran los VMP que cuentan con certificado de circulación, es decir, aquellos que cumplen los requisitos técnicos establecidos en el Manual de Características, que fija estándares mínimos de calidad, durabilidad y seguridad tanto para el usuario como para el resto de usuarios de la vía.

Desde el 22 de enero de 2024 solo se comercializaron este tipo de modelos certificados, cuyas marcas y versiones pueden consultarse en los canales oficiales de la DGT. Estos modelos incorporan una placa de marcaje de fábrica única, permanente y legible, que facilita su identificación. El proceso de inscripción resulta sencillo, ya que el titular debe aportar sus datos personales junto con el número de certificado y el número de serie que figuran en la placa de marcaje y en la ficha técnica.
Tras abonar la tasa administrativa correspondiente, el propietario obtiene el número de inscripción y la DGT expide un certificado de inscripción digital. placa de marcaje, identificación VMP, certificado digital.
Requisitos para patinetes sin certificado
El segundo grupo lo forman los VMP que no disponen de certificado de circulación porque no cumplen los requisitos técnicos del manual y carecen de placa de marcaje de fábrica.

A estos vehículos se les aplica un régimen transitorio que les permite seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027, aunque también deben inscribirse en el Registro Nacional de Vehículos y contratar el seguro obligatorio. Para su inscripción bastará con aportar datos personales del titular y documentación básica como factura, ficha técnica o una fotografía del vehículo.
La identificación asignada a estos VMP tendrá carácter temporal y perderá validez el 22 de enero de 2027, fecha a partir de la cual estos vehículos no podrán circular.
Una vez obtenido el certificado de inscripción, todos los titulares, con independencia del tipo de VMP, podrán adquirir la etiqueta identificativa en un manipulador de placas habilitado y colocarla en el portaidentificador del vehículo o en un lugar visible si no dispone de soporte específico. etiqueta identificativa, control administrativo, circulación urbana.











