Saltar el contenido

El juez del ‘caso PSOE’ encuentra ‘indicios consistentes’ de la asistencia de Pardo de Vera a Ábalos en ‘indebidas adjudicaciones’

La expresidenta de ADIF y el ex Dir. Gral. de Carreteras, Javier Herrero, siguieron ‘las directrices que el Ministro les impartía’ a través de Koldo

El instructor del Supremo que ha autorizado este viernes una serie de diligencias para esclarecer las presuntas ramificaciones de la organización criminal investigada en el ‘caso PSOE’ explica en su auto que, a su juicio, del informe de la UCO de 5 de junio resultan “indicios consistentes” respecto a que la entonces presidenta de ADIF Pardo de Vera y el exdirector general de Carreteras, Javier Herrero, “hubieran podido prestar, en el marco de las indebidas adjudicaciones”, asistencia a Ábalos, a través de Koldo.

Una asistencia, añade el juez, “para que las adjudicaciones proyectadas por ellos pudieran llegar a buen término”, facilitando de manera inmediata la información conveniente que obraba en los diferentes expedientes, o la salida a licitación de otros, siguiendo las directrices que el Ministro, a través de su asesor [Koldo], les impartía». 

Reclama a ADIF y a la Dir. Gral. de Carreteras los expedientes de posibles indebidas adjudicaciones

El instructor señala que el informe policial identifica también las obras que, durante el periodo en el que Ábalos fue ministro de Transportes, pudieron haber sido adjudicadas irregularmente

Con el fin de profundizar en el modo en que se produjeron dichas adjudicaciones, en el auto acuerda requerir a ADIF y a la Dirección General de Carreteras para que le remita, en un plazo máximo de quince días, los expedientes de adjudicación de diversas obras.

En concreto, solicita toda la documentación relativa a la licitación de cinco obras a ADIF (San Feliú de Llobregat, El Mayor, Murcia, Monforte y Asturias) y de seis a la Dirección General de Carreteras (Logroño, Sevilla, Asturias, Úbeda, Teruel, Camino de Santiago). 

Como no tienen aforamiento, la Audiencia Nacional decidirá si les imputa

El juez precisa que las conductas de Pardo de Vera y Herrero, por ser instrumentales o accesorias a la finalidad esencial que perseguía indiciariamente por el aforado, no deben investigarse en el Supremo.

De este modo, el instructor acuerda deducir testimonio del informe de la UCO de 5 de junio al Juzgado Central de Instrucción nº2 de la Audiencia Nacional para que resuelva, si lo considera justificado, investigar los hechos incluidos en el citado informe relativos a ambos. 

Deja tu respuesta