La resolución corrige al juez que la denegó porque, según él, ya existían ‘suficientes’ acusaciones populares en el ‘caso filtraciones’
El Tribunal Supremo rectifica la decisión del juez instructor y permite la personación de la asociación Hazte Oír (HO) en el proceso abierto contra el fiscal general imputado, Álvaro García Ortiz. Considera que su intervención no afectará negativamente la agilidad del procedimiento.
Según el auto 20729/2025, el juez había rechazado la personación de la asociación porque ya existían suficientes acusaciones populares en el caso. No obstante, el TS resuelve a favor de HO, que había apelado la decisión, señalando que «no parece que el perjuicio que conlleva para la agilidad del proceso el admitir una asociación más como acusación popular resulte un obstáculo”.
En concreto, añade, porque la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite agrupar a las tres asociaciones que intervienen en defensa del interés general, lo cual podría reducir el número de partes en el procedimiento.
Corrige al instructor y le recuerda que se investigan delitos contra la Administración
Sobre HO, el Supremo destaca los amplios fines recogidos en sus estatutos. Considera suficiente que exista «una cierta conexión, o relación de sus fines, con el interés general seguido en el procedimiento», y cita como justificación el objetivo de «fortalecimiento institucional y democrático (…) en cuanto que en autos, se investiga un delito contra la Administración Pública».
Finalmente, al aceptar su personación, el tribunal sugiere al instructor «ponderar de nuevo la conveniencia de que al menos, las acusaciones populares actúen bajo una misma dirección y representación».
HO alertó del ‘peligroso precedente’ de impedir a conveniencia una personación molesta para el Gobierno
En su recurso, HO sostenía que no se podía rechazar la personación por «motivos de oportunidad», aludiendo a que ya había suficientes acusaciones populares. Asimismo, alertaba del precedente que se crearía si se aceptaba que asociaciones con vínculos con el Gobierno pudieran bloquear la entrada de otras entidades interesadas en la búsqueda de la verdad, al decir que el juez sentaba un «peligroso precedente».
‘Confilegal’ recuerda que Hazte Oír insistía en que su intención era «coadyuvar al buen fin del procedimiento» y manifestaba que, aunque prefería actuar de forma independiente, «no tendría reparo, de forma subsidiaria, en ser unificada, ya con la acusación formada por la Fundación Foro Libertad y Alternativa, o con el Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias».








