El Tribunal considera que el ex dirigente socialista tuvo un ‘papel directivo’ en la presunta red criminal del ‘caso PSOE’ y existe riesgo de destrucción de pruebas
Las ‘vacaciones’ de Santos Cerdán en la cárcel. El Tribunal Supremo (TS) acaba de ratificar hoy miércoles que el ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, debe permanecer en prisión provisional al considerar que existe riesgo de destrucción de pruebas, dado su supuesto “papel directivo” en la presunta organización criminal de amaño de obras que se investiga en el «caso PSOE».
En un auto al que ha tenido acceso LA BANDERA, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de apelación presentado por el socialista contra el auto del magistrado instructor, del pasado 30 de junio, que acordó su prisión provisional por la comisión de posibles delitos de integración en organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.
Indicios de que Cerdán conoce a los comisionistas y cómo se maquillaron los pagos
El auto explica que «por estas adjudicaciones se ha desvelado un flujo monetario de alrededor de un millón de euros, importe que, según la experiencia forense, el Magistrado Instructor constata como exiguo en el marco de esta clase de operaciones delictivas”.
Existen indicios, añade el documento judicial, de que Santos Cerdán «que niega cualquier responsabilidad, conoce a todos los que pagaron estas comisiones y sabe cómo se le pagaron, además de saber los conceptos con los que pudieron maquillarse los pagos y, quizás, incluso la propia procedencia bancaria de los fondos».
«Sólo él parece conocer el destino que dio al dinero, así como el camino que siguió hasta su entrega a los beneficiarios últimos, quiénes fueron éstos o dónde pudo depositarse el dinero que no se repartió. Y sólo él conoce el rastro y los vestigios que su actividad puede haber dejado», advierte el auto.
En prisión provisional por el riesgo de ‘ocultar, alterar o hacer desaparecer pruebas’
El tribunal comparte con el instructor que existe el riesgo de obstrucción de la investigación que justifica la medida cautelar de prisión, a la vista de los indicios obrantes en la instrucción de que el recurrente ejercía un «papel directivo y de control en la actividad criminal de los distintos partícipes» en la trama que investiga el cobro de comisiones a partir de la adjudicación de obras públicas a distintas empresas.
“Está racional, objetiva y detalladamente fundada la consideración del Magistrado Instructor de existir un peligro de que pueda perjudicarse irremediable y gravemente la investigación por una actuación obstruccionista» de Santos Cerdán, señala el auto de la Sala.
En ese sentido, el Tribunal recuerda que “Una parte nuclear de la indagación se orienta a definir todas las entidades involucradas y cuál fue el curso económico de los sobornos entre el pago y su percepción por quienes se enriquecieron con el cobro».
Aún se investigan todas las empresas beneficiadas y los mecanismos de pago que validó Cerdán
Según el auto, el riesgo de perjudicar las pesquisas no es el genéricamente apreciable en la fase inicial de cualquier otra investigación, porque, en este caso, “Santos Cerdán gestionaba y trasladaba la información de las empresas que habían comprometido el pago por determinadas obras públicas y que debían resultar beneficiadas con la adjudicación final, además de ser quien aparentemente conoció y validó unos mecanismos ocultos de pago que todavía se desconocen».
“Todo ello, sin que la investigación haya desvelado la totalidad de empresas que fueron finalmente beneficiadas; ni qué sujetos las representaban y mantuvieron contacto con el recurrente; ni cómo se abordaba el pago y se ocultaba después el dinero ilícitamente obtenido; ni siquiera si subsisten ciertos depósitos o activos que hayan sido obtenidos con ocasión de su actividad delictiva», recoge el auto.








