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El Supremo mantiene la orden de detención contra Puigdemont

El Tribunal reitera la inaplicación de la Amnistía de Sánchez a la malversación por la que está procesado el fugitivo

A pesar de los intentos de Sánchez y sus cómplices (políticos, mediáticos y en el Constitucional) de instar al Tribunal Supremo (TS) a la exoneración instantánea de Puigdemont, el juez instructor mantiene en vigor la orden de busca y captura contra él por el delito de malversación.

Según ha podido confirmar El Debate de fuentes cercanas al proceso judicial que pesa sobre el prófugo, la declaración de «constitucionalidad» de la amnistía -que no menciona la malversación- carece de efecto inmediato sobre Puigdemont. Esto se debe a que «sólo al Supremo corresponde, como Tribunal competente, el juicio de aplicabilidad» de dicha norma.

El Supremo confirma la inaplicación de la amnistía de Sánchez al delito de malversación

El TS posee la última palabra respecto a la interpretación de la ley, especialmente respecto al delito de malversación y los casos donde considere que los tipos penales «están incluidos en el radio de acción». Como ya reiteró anteriormente el propio TS, no lo está la malversación atribuida al fugitivo.

Esta misma semana, la Sala de Apelación del alto tribunal rechazó los incidentes de nulidad presentados por Puigdemont y su compinche, el exconsejero Toni Comín, contra la confirmación de la inaplicación de la de amnistía por el delito de malversación por el que ambos están procesados.

Puigdemont: del maletero del coche al congelador de Waterloo durante años

Puigdemont quizás deba esperar esperar años antes de regresar a su país, España, sin riesgo de arresto inmediato. El prófugo no disfruta del borrado automático de delitos que promueve la amnistía, porque en el proceso intervienen más instituciones, como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), cuyas decisiones suelen tardar año y medio.

El TJUE está a punto de abordar su primera cuestión prejudicial, planteada por el Tribunal de Cuentas, para evaluar la compatibilidad con el Derecho comunitario del borrado selectivo de delitos de corrupción previsto en la norma.

El Confidencial recuerda que se pueden acumular más cuestiones prejudiciales, incluso del propio TS, si considera que el Constitucional de Conde-Pumpido, ha invadido sus competencias. A esa vía, de momento, ya se sumaron la Audiencia Nacional, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y un juzgado de Vilanova i la Geltrú.

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