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Emergencia cinegética en Málaga por la plaga de conejos gigantes

Ante la expansión descontrolada de ‘poblaciones anómalas elevadas’, la Junta autoriza medidas excepcionales de control en Málaga, Granada, Jaén y Sevilla

La Junta de Andalucía declara medidas cinegéticas excepcionales para el control de daños causados por la plaga de conejos silvestres gigantes en varios términos municipales de las provincias de Granada, Jaén, Málaga y Sevilla, y establece medidas conducentes a reducir localmente en determinados terrenos sus poblaciones.

La delimitación de la zona afectada en Málaga por las medidas excepcionales corresponde a terrenos cinegéticos con plan técnico de caza en vigor que contemplen el control de daños por conejos, ubicados en los siguientes términos municipales: Alameda, Antequera, Archidona, Campillos, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas, Teba, Villanueva de Algaidas, Villanueva de la Concepción y Villanueva de Tapia.

La relación de municipios afectados en Jaén, Granada y Sevilla puede consultarse en este enlace a la resolución completa de la Junta de Andalucía.

Los conejos pueden usarse para autoconsumo

La resolución estará vigente hasta la finalización de la temporada cinegética 2025/2026. Pero podrá suspenderse, previa resolución, donde se constate que han desaparecido las causas que han motivado su declaración.

El destino de los conejos silvestres capturados podrá ser el autoconsumo, su traslado a zonas del propio coto alejados de las zonas donde se producen los daños si viene recogido en el Plan Técnico de Caza o, en su caso, con informe favorable de la Delegación Territorial correspondiente, la repoblación de otros cotos diferentes al de captura.

Los períodos y medios de captura permitidos durante la temporada de caza 2025/2026

Con armas de fuego, el período hábil se amplía del 24 de noviembre de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026, siendo hábiles los jueves, sábados y domingos.

No obstante, en aquellos terrenos cinegéticos donde la intensidad de los daños que provocaron los conejos requiera un mayor esfuerzo en su control, a instancias del titular del coto de caza, excepcionalmente se podrá autorizar por la Delegación Territorial el uso de armas de fuego fuera del período regular.

Autorizado uso de depredadores del conejo, como el zorro

Las capturas en vivo con hurón y redes podrán realizarse durante toda la temporada de caza 2025-2026. En cuanto al uso de aves de cetrería, el período hábil se amplía del 24 de noviembre de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026, siendo hábiles todos los días y pudiendo utilizarse todas las aves de cetrería adecuadas a la presa.

Para el empleo de perros, el período hábil se amplía desde el 24 de noviembre de 2025 hasta el 1 de febrero de 2026, no pudiendo utilizarse más de tres perros por cazador.

Se podrán utilizar otros medios de captura que se autoricen excepcionalmente por las Delegaciones Territoriales. Se podrá autorizar el control de daños por depredadores cinegéticos, incluido el zorro, dada la presencia desigual e irregular de sobreabundancia de conejos en los cotos y en los términos municipales recogidos en la normativa.

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