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¿Es posible evitar que los bizums tributen IRPF?

La Agencia Tributaria considera que estas transferencias no acreditan el origen de los fondos, y la clave radica en justificar el origen del dinero

Es posible limitar el impacto de la voracidad tributaria sanchista con los contribuyentes, incluso con transferencias de pequeñas coantidades, pero siguiendo los debidos trámites. El portal Economist& Jurist precisa que en España es muy habitual que familiares ayuden a sus allegados mediante transferencias bancarias o Bizums periódicos, pero Hacienda suele considerar que estos movimientos, por sí solos, no prueban suficientemente de dónde procede el dinero.

Cuando Hacienda detecta incrementos de patrimonio no declarados en la renta de quien recibe estas cantidades, los incluye en la base imponible del IRPF como ganancias patrimoniales no justificadas, lo que puede derivar en liquidaciones e incluso sanciones.

La sentencia del Supremo y lo que enseña

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (16 de mayo de 2023) anuló las multas a un receptor de estas ayudas familiares, pero confirmó la tributación en IRPF por falta de prueba clara sobre la causa real de las transferencias.

El caso llegó al Tribunal Supremo, que en su sentencia n.º 1537/2025 dio la razón al contribuyente: reconoció que se trataba de donaciones familiares y anuló la decisión del TSJ. El Alto Tribunal aclaró los requisitos imprescindibles para que estas ayudas no tributen en el IRPF.

La conclusión, según Economist & Jurist

No es suficiente con mostrar que el dinero llegó por transferencia ni con indicar quién lo envía. El contribuyente debe demostrar de forma clara y fehaciente tres elementos esenciales: el origen real de los fondos (de dónde sale el dinero), la identidad completa de quien lo transfiere y la razón jurídica de la transmisión (por ejemplo, donación, ayuda familiar por necesidad, obligación de alimentos, etc.).

Para evitar problemas con Hacienda, quien recibe estas ayudas debe poder acreditar los tres puntos anteriores, preferiblemente con documentación (como un documento privado de donación firmado por ambas partes). Si se justifica correctamente, el Supremo entiende que no procede calificarlas como ganancia patrimonial en el IRPF. Así se evitan sorpresas en la declaración de la renta.

El Gobierno da una vuelta de tuerca más al control social y pone la lupa sobre los pequeños pagos entre particulares bajo la excusa del fraude

A partir del 1 de enero de 2026, entrará en vigor una nueva normativa (derivada de la directiva europea DAC8) por la cual los bancos estarán obligados a informar detalladamente de las operaciones realizadas a través de Bizum, especialmente aquellas vinculadas a autónomos y profesionales. Es el primer paso hacia el control total y absoluto de los movimientos de efectivo digital.

El objetivo real no es cazar a las grandes corporaciones ni a los defraudadores multimillonarios (que tienen ingeniería fiscal de sobra para eludir estas redes), sino fiscalizar hasta el último céntimo del ciudadano de a pie, del fontanero que hace una reparación, del pequeño comerciante o incluso del grupo de amigos que comparte una cena y paga a escote.

Esta medida no viene sola; se suma a la limitación cada vez más estricta de los pagos en efectivo y al constante cerco a la libertad económica individual.

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