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Una guardia civil destroza a porrazos a su compañero creyendo que era un ladrón y deberá indemnizarle con 18.000 euros

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la condena a una agente de la Guardia Civil que confundió a un compañero de paisano con un ladrón durante las fiestas de Boadilla del Monte (Madrid) y le propinó varios golpes de porra en la espalda, las cervicales y la cara.
El error terminó con el agente hospitalizado, dos operaciones y secuelas permanentes, y ahora con una indemnización de más de 18.000 euros que la Guardia Civil deberá abonar como responsable subsidiaria.

Una confusión que acabó en agresión

Los hechos ocurrieron en octubre de 2018, durante uno de los días de mayor afluencia a las fiestas de Boadilla. El dispositivo de seguridad recibió un aviso sobre un grupo de jóvenes que supuestamente robaba teléfonos móviles en el recinto ferial.

La agente, de servicio y uniformada, se lanzó tras varios sospechosos que huían corriendo y, al alcanzar a uno de ellos, sacó su defensa extensible reglamentaria —una porra de medio metro— y le golpeó por la espalda y en la cara.

El hombre cayó al suelo sangrando mientras otros compañeros gritaban desesperados:

“¡Es compañero, es compañero!”

La supuesta ladrona resultó ser en realidad un guardia civil de paisano, parte del mismo operativo, que había salido a identificar a los autores de los hurtos sin levantar sospechas.

Lesiones graves y dos operaciones

El agente agredido tuvo que ser intervenido dos veces a causa de las lesiones sufridas: el golpe le desvió la nariz, le provocó dolor crónico en las cervicales y secuelas respiratorias permanentes.
Según la sentencia, las lesiones fueron “incompatibles con un uso proporcionado de la fuerza”.

Los jueces recalcan que no existía peligro alguno para la agente, y que “la actuación agresiva no se produjo en un contexto de acometimiento ni de riesgo objetivo”.

El fallo judicial: multa e indemnización

La sentencia, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, confirma la condena a la agente por un delito de lesiones, con una multa de 1.450 euros y la obligación de indemnizar con algo más de 18.000 euros al compañero.

El tribunal mantiene además la responsabilidad subsidiaria de la Dirección General de la Guardia Civil, que deberá asumir el pago.

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado habían pedido la absolución de la agente, alegando que actuó “cumpliendo con su deber”. Sin embargo, los jueces rechazaron este argumento y afirmaron que no existía justificación alguna para golpear a una persona por la espalda y en la cara sin resistencia previa.

Un juicio inédito dentro del cuerpo

El caso se juzgó en la Audiencia Provincial de Madrid y contó con la declaración de ocho guardias civiles presentes en el operativo. Fue un proceso inusual: una agente y la propia institución en el banquillo, un compañero como víctima y la Abogacía del Estado defendiendo a la acusada.

El tribunal también criticó la falta de coordinación interna en el operativo policial:

“No puede olvidarse la descoordinación del dispositivo, que pudo influir de forma circunstancial en los hechos.”

Sin cárcel, pero con responsabilidad

El TSJ consideró “innecesario” imponer una pena de prisión además de la multa e indemnización, teniendo en cuenta los seis años transcurridos desde los hechos.
Aun así, la sentencia deja claro que la agente actuó fuera de todo protocolo y que el error no puede entenderse como un accidente laboral.

“No hubo agresión ni legítima ni ilegítima por parte de la víctima, ni riesgo alguno que justificara el uso de la porra”, recoge el fallo.

El recuerdo de una noche que nunca debió terminar así

El agente herido relató durante el juicio cómo vivió la agresión:

“Sentí un golpe en la espalda, me giré y pensé que era uno de los ladrones. Caí al suelo sangrando y lo siguiente que vi fueron las botas de mi compañera.”

El caso deja al descubierto una grave descoordinación en un operativo policial rutinario que terminó con un compañero lesionado y la institución condenada a pagar por el error.

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