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Los mayores de 23 años que viven con sus padres ya pueden cobrar el Ingreso Mínimo Vital en España

Vivir con los padres ya no es un obstáculo automático para acceder al Ingreso Mínimo Vital. La Seguridad Social permite que personas mayores de 23 años, aunque residan en el domicilio familiar, puedan recibir esta prestación si cumplen una serie de requisitos económicos y administrativos.

La medida amplía el alcance de una ayuda clave contra la pobreza y la exclusión social, en un contexto marcado por la precariedad laboral, el alto precio de la vivienda y la dificultad de emancipación de miles de jóvenes y adultos en España.

Una prestación que ya llega a millones de personas

El Ingreso Mínimo Vital se ha consolidado como uno de los pilares del sistema de protección social. Según los últimos datos del Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones, en diciembre la ayuda llegó a 2,44 millones de personas que viven en casi 800.000 hogares.

Casi un millón de los beneficiarios son menores de edad, lo que confirma el peso del IMV como red de seguridad para familias con hijos. Además, el Gobierno ha anunciado que en 2026 las cuantías se revalorizarán un 11,4 por ciento, por encima del IPC, lo que incrementará de forma notable el importe mensual que reciben los hogares más vulnerables.

Quién puede cobrar el IMV aunque viva con sus padres

La clave está en la figura del beneficiario individual. La normativa permite que una persona forme parte de una vivienda familiar pero no se integre económicamente en la unidad de convivencia, lo que abre la puerta al cobro del IMV aunque se resida con los progenitores.

Los requisitos generales son claros:

  • Tener 23 años o más
  • No estar casado ni constituir pareja de hecho
  • No formar parte de otra unidad de convivencia a efectos del IMV
  • Carecer de recursos económicos suficientes

En el caso de personas separadas o en proceso de divorcio, la ayuda también puede solicitarse aunque todavía no exista resolución judicial firme.

Requisitos específicos entre los 23 y los 29 años

Para quienes tienen entre 23 y 29 años, la Seguridad Social exige un requisito adicional. Es necesario acreditar que se ha vivido de forma independiente durante al menos dos años antes de la solicitud, con residencia legal y efectiva en España.

Existen excepciones importantes. No se exige este requisito cuando la persona:

  • Es víctima de violencia de género
  • Ha iniciado trámites de separación o divorcio
  • Se encuentra en otras circunstancias especiales reconocidas por la administración

Estas excepciones buscan proteger situaciones de especial vulnerabilidad en las que la convivencia con los padres no implica apoyo económico real.

Qué ocurre a partir de los 30 años

A partir de los 30 años, el criterio cambia. Para acceder al IMV como beneficiario individual será necesario demostrar que, durante el año anterior a la solicitud, el domicilio habitual no coincidía con el de los progenitores, tutores o acogedores.

Solo se exceptúa este requisito cuando la convivencia finalizó por el fallecimiento de los padres, una circunstancia que la Seguridad Social contempla de forma específica.

Jóvenes extutelados y colectivos especialmente protegidos

La normativa también amplía el acceso al IMV a otros colectivos con independencia de la edad o la convivencia familiar.

Podrán solicitar la ayuda:

  • Jóvenes de 18 a 22 años procedentes de centros de protección de menores, si han estado tutelados durante los tres años previos a la mayoría de edad
  • Mujeres víctimas de violencia de género
  • Víctimas de trata de seres humanos o explotación sexual
  • Personas sin hogar
  • Huérfanos absolutos que vivan solos

En estos casos, el objetivo es evitar situaciones de exclusión severa desde el primer momento.

Una respuesta al problema estructural de la emancipación

Que miles de adultos sigan viviendo con sus padres no es una anomalía individual, sino un fenómeno estructural. El acceso tardío a la vivienda, los salarios bajos y la inestabilidad laboral han retrasado la emancipación en toda España.

El IMV reconoce esta realidad y adapta sus criterios a un país donde compartir vivienda familiar no siempre significa disponer de apoyo económico. La prestación no premia la convivencia, sino que evalúa la situación real de ingresos y vulnerabilidad.

Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital

La solicitud del IMV puede realizarse de forma telemática a través de la Seguridad Social o de manera presencial con cita previa. Es imprescindible aportar documentación que acredite la situación personal, económica y de convivencia.

La administración revisa de forma periódica los datos, por lo que mantener la información actualizada es clave para no perder la prestación.

En un escenario de inflación, vivienda inaccesible y precariedad, el Ingreso Mínimo Vital se consolida como una tabla de salvación para miles de personas que, aunque vivan con sus padres, no llegan a fin de mes por sí solas.

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