A cambio de dar ‘el mejor trato’ a ciertos empresarios, recibió entre 2010 y 2015 múltiples regalos en especie y en metálico, coches de alta gama y relojes de lujo
La Audiencia Nacional (AN) anuló la sentencia de cinco años y ocho meses de cárcel al excomisario jefe del aeropuerto de Madrid-Barajas, Carlos Salamanca, al entender que presentaba contradicciones en el relato de los hechos probados.
En concreto, la AN considera que existe falta de precisión y una clara contradicción entre los comportamientos injustos que rechaza el tribunal y los que sí acepta y utiliza como base del cohecho activo -Salamanca aceptó regalos para infringir la normativa de control de personas y bienes-.
Con su decisión, la AN estima parcialmente el recurso de Carlos Salamanca y ordena al tribunal de instancia que redacte una nueva sentencia en la que se subsanen los fallos.
Recibió durante cinco años dádivas en especie y en metálico de empresarios
En su sentencia del 17 de abril pasado, la AN condenó al excomisario Salamanca por recibir entre 2010 y 2015 dádivas en especie y en metálico, entre ellas coches de alta gama, relojes de lujo o dinero por parte de empresarios como recompensa para dar “el mejor trato y consideración a los clientes” y familiares de, entre otros, el empresario Francisco Menéndez, también juzgado en esta pieza del caso Tándem-Villarejo.
El fallo indicaba que con los regalos y dádivas se trataba de recompensar el trato y a los clientes de Francisco Menéndez, de recabar la prestación de servicios de apoyo y atención preferentes. Menéndez regaló a Salamanca un Porsche Panamera, dos relojes de lujo, un viaje a Londres para la familia y varias cantidades de dinero.
Ambos acusados resultaron absueltos del delito de favorecimiento del tráfico ilícito de personas procedentes de Guinea porque, según la Sala, no había quedado acreditado que el Salamanca infringiera las regulaciones del control de inmigración en el puesto fronterizo del aeropuerto.
Al empresario Francisco Menéndez, condenado a tres meses de prisión en la pieza separada de Tándem, se le aplicó la atenuante muy cualificada de colaboración con la Justicia, porque en abril de 2017 denunció en la Fiscalía Anticorrupción ciertas actividades del excomisario Villarejo.
La sentencia no concreta cómo realizaba el excomisario el trato preferente
La sala de Apelación recuerda que la sentencia ya anulada consideraba que ese trato preferente no consistió en dar de forma ilegal visados de frontera, ni facilitar que los viajeros eludiesen los controles aduaneros, recogiéndolos de la escalerilla del avión.
La AN añade que en los hechos probados se afirma que Carlos Salamanca aceptaba sobornos por infringir la normativa reguladora del control de personas y mercancías que llegaban al aeropuerto, “pero no se expresa comportamiento alguno que el excomisario llevase a cabo u ordenase realizar a favor de los clientes de Francisco Menéndez que implicase la infracción de esa normativa”.












