Los abogados del preso niegan la autenticidad de las grabaciones incriminatorias y que exista riesgo de que destruya pruebas de la investigación
La defensa de Santos Cerdán, ex Secretario de Organización del PSOE, recurrió al Tribunal Constitucional (TC) presidido por Pumpido –ex fiscal general de Zapatero– en demanda de amparo para que suspenda cautelarmente la prisión provisional del ex amigo de Sánchez, en la cárcel desde el 30 de junio.
El Supremo atribuye al socialista presuntos delitos de integración en organización criminal, cohecho y tráfico de influencias. La prisión provisional se basa en indicios que apuntan a su presunto papel como coordinador de la presunta red de cobro de mordidas del ‘caso PSOE’, por lo cual el Supremo estimó que existe un riesgo objetivo de que oculte, modifique o destruya pruebas relevantes
La defensa de Santos Cerdán alega supuesta vulneración de sus ‘derechos fundamentales’
En el recurso de amparo, al que accedió ABC, los abogados de Cerdán pidieron esa suspensión argumentando que se vulneraron sus derechos fundamentales a la libertad, la integridad moral, el derecho a no autoinculparse y a la defensa.
La defensa explicó que, tras presentar un recurso ante el Supremo, este rechazó su puesta en libertad y, agotada la vía ordinaria, al verse supuestamente afectados derechos fundamentales, consideran que “no queda otro remedio que acudir en vía extraordinaria” al TC presidido por Pumpido.
También advirtieron que, como el caso está en el Supremo por la condición de aforado del investigado Ábalos, se impide el acceso a una segunda instancia en la jurisdicción ordinaria. Por ese motivo, consideraron que el TC tiene “un especial papel protector del derecho fundamental a la presunción de inocencia” en este proceso.
Como Cerdán dice no reconocer su voz en las grabaciones incriminatorias, cuestionan su autenticidad
Los abogados Benet Salellas y Jacobo Teijelo, encargados de la defensa, consideran que las resoluciones judiciales “no justifican debidamente la concurrencia de ningún riesgo de alteración o destrucción de pruebas” y que el juez instructor y la Sala de Apelación del TS solo “insinúan un hipotético y ficticio riesgo de naturaleza absolutamente genérica”.
Según los abogados de Cerdán, los audios de la UCO en los que dice no reconocerse tampoco resultan veraces. En esa línea, alegaron que “establecer como único motivo para presuponer un riesgo de alteración o destrucción de pruebas (…) un supuesto papel directivo por parte de Cerdán inferido únicamente por un análisis subjetivo en relación a unos audios de los que no conocemos ni su veracidad, ni el soporte de los mismos, ni quien los grabó (…) es del todo insuficiente y no colma los estándares exigidos”.
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