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La DGT multará a quienes no lleven las luces de cruce encendidas

No llevar las luces encendidas en los casos en los que corresponda está considerado como una infracción grave

Muchos vehículos ya las mantienen encendidas automáticamente. Pero por si acaso, ya te lo contamos. Si no llevas las luces de cruce encendidas en carretera, se puede caer una buena multa. Así te lo recuerda la DGT.

La normativa sobre el uso de las luces de los coches en carretera en España queda reflejada en La Ley de Seguridad Vial . Establece en el artículo 43 que los vehículos que «circulen entre la puesta y la salida del sol» tienen que llevar encendido el sistema de alumbrado que corresponda, es decir, las luces de cruce.

El objetivo principal de esta regla es “mejorar la visibilidad de los automóviles” en la carretera. También intentar reducir la siniestralidad en las vías de nuestro país. 

Las normas de la Dirección General de Tráfico (DGT) marcan que los conductores que no lleven activadas las luces cuando son obligatorias pueden enfrentarse a una multa de hasta 200 euros.

Luces de cruce en otras situaciones

Pero esto no solo se aplica para los coches que recorren nuestro país por la noche. También explica que deben utilizarse en otras situaciones. Existen algunos escenarios en los que la visibilidad queda comprometida y es necesario activar las luces de cruce.

Los conductores que circulen por un túnel o un paso inferior tienen que encender las luces de cruce. Eso permite que el coche sea visible en un entorno que tiene menos iluminación natural.

También son necesarias las luces de cruce en los carriles reversibles o en sentido contrario. El uso de estas luces es fundamental para poder diferenciar el sentido de la marcha y evitar posibles colisiones frontales.

Por otro lado, en condiciones meteorológicas adversas, son necesarias las luces de cruce: lluvia intensa, la presencia de niebla, nieve o polvo en suspensión.

Todas estas situaciones también están incluidas en la normativa, puesto que reducen la visión de los conductores. De hecho, en este tipo de casos las luces de cruce son fundamentales para mejorar la seguridad.

No hay pérdida de puntos

No llevar las luces encendidas en los casos en los que corresponde está considerada por la Dirección General de Tráfico (DGT) está considerado como una infracción grave.

La sanción no supone una retirada de puntos del carnet, pero sí un gasto económico de hasta 200 euros. 

1 Comment

  1. Eugenio Gallego Méndez
    Vie 21 marzo 2025 @ 11:42

    el rojo pera/o como el no conduce solo se dedica con la dgt a tocar los huevos al personal, todo prohibir y prohibir, joder es lo que hacen bien.

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