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La infanticida Cristina Rivas, condenada a prisión permanente revisable

Drogó y estranguló en 2021 a su hija de 4 años en Sant Joan Despí en venganza contra su expareja, a quien culpó del crimen

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó la pena de prisión permanente revisable a Cristina Rivas por asesinar a Yaiza, su hija de cuatro años, en Sant Joan Despí (Barcelona) en 2021.

El alto tribunal rechazó el recurso de casación presentado por la condenada, que buscaba revocar la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el cual ratificó la sentencia impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona.

Cristina Rivas perpetra un filicidio por venganza contra su ex

Esta la consideró culpable de un delito de asesinato con alevosía, cometido contra una menor de 16 años y agravado por el vínculo de parentesco.

El fiscal precisó durante el juicio que la condenada buscó maltratar psicológicamente a su expareja y tramó el crimen para «hacerle el mayor daño posible no solo con la muerte» y subrayando además, «que es por venganza y por su culpa«.

Un crimen planificado y sin defensa posible

Los magistrados también indicaron que no se demostró que Cristina Rivas padeciera ninguna enfermedad mental ni que tuviera alteradas sus capacidades cognitivas. Consideraron que ella planeó detalladamente la muerte de la menor, administrándole primero tranquilizantes (Alprazolam y Lorazepam) y, posteriormente, causándole la muerte por asfixia.

El tribunal subrayó que la víctima, una niña de solo cuatro años, no tenía posibilidad alguna de defensa ni podía prever un ataque de su propia madre, de quien dependía completamente. “Y desde luego, -explica la Sala– no podía ser la Sra. … ajena a que con ese modus operandi anulaba cualquier posibilidad de defensa efectiva por parte de la niña”.

Rechazada la atenuante de confesión de Cristina Rivas

Por último, rechazaron aplicar la atenuante de confesión, ya que Cristina Rivas solo reconoció los hechos cuando estos ya eran evidentes. “Se limitó a aceptar lo evidente, reconociendo lo obvio, o anticipando lo inmediatamente inevitable”, concluyó la Sala.

La Sala descartó que la pena fuera desproporcionada, como alegó la defensa. Recordó que el artículo 140.1 del Código Penal contempla esta pena para asesinatos con circunstancias agravantes, como la edad de la víctima, el uso de psicofármacos y el vínculo materno.

La sentencia también impone a la infanticida Cristina Rivas el pago de una indemnización de 250.000 euros al padre de la niña y 150.000 euros a sus abuelos.

1 Comment

  1. Juan Gutiérrez Díaz
    Lun 19 mayo 2025 @ 18:02

    Esperemos que no salga nunca de prisión.

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