También pide a la Junta Electoral de Extremadura la documentación del reemplazo de la diputada que facilitó el aforamiento express del imputado
La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz ha dictado una providencia por la que mantiene bajo su dirección la causa abierta contra el hermano presidencial, David Sánchez, y Miguel Ángel Gallardo, presidente socialista de la Diputación de Badajoz, tras su aforamiento express, entre otros políticos imputados.
La magistrada espera pidió a la Asamblea de Extremadura que certifique si Gallardo ocupa el cargo de diputado autonómico y a la Junta Electoral de Extremadura que envíe la documentación relacionada con el proceso de sustitución de la diputada María de la Cruz Rodríguez.
Entre las artimañas usadas por el PSOE, se produjeron convenientes renuncias de parlamentarios a sus escaños, como la de Rodríguez, para facilitar el aforamiento del dirigente socialista pacense horas antes de que se decretase la apertura del juicio oral contra los imputados.
La defensa quiere ‘extender’ el aforamiento de Miguel Ángel Gallardo al hermano imputado de Sánchez
Según el escrito que presentó la defensa de Gallardo el 22 de mayo, su representado fue proclamado diputado electo el 21 de mayo, y desde entonces disfruta de los derechos inherentes al cargo, incluido el aforamiento ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX).
La defensa considera que el TSJEX debe encargarse no solo del juicio a Gallardo, sino también de todas las decisiones vinculadas a su procesamiento. Incluso plantea que esa competencia se extienda al resto de los investigados, como David Sánchez, ya que se trataría de una causa conjunta con un aforado implicado.
La juez eleva una petición razonada al Tribunal Superior extremeño
Sin embargo, la juez rechazó la petición de inhibición presentada por el abogado de Gallardo, recordándole que un juzgado de instrucción no puede ceder su competencia directamente a un órgano superior y corresponde a este último decidir si asume la causa, tras escuchar a las partes y al Ministerio Fiscal.
En consecuencia, la juez aclara en su providencia que «no procede la Inhibición a favor del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, sino, en su caso, elevar exposición razonada«.








