Saltar el contenido

Hacienda fija el tope definitivo y aclara cuánto dinero puedes pagar en efectivo en el supermercado durante 2026

Ya está en vigor y no es una recomendación: es una norma fiscal plenamente aplicable en 2026. Hacienda ha confirmado el límite máximo para pagar en efectivo en el supermercado y en cualquier comercio cuando interviene un empresario o profesional. Y aunque muchos creen que se trata de una novedad, lo cierto es que esta restricción lleva años funcionando en España y sigue generando dudas, errores y sanciones.

La clave no está en si puedes pagar en efectivo, sino en cuánto y en qué condiciones.

El límite que marca Hacienda en 2026 para pagar en efectivo

La regla general es clara y no deja margen a interpretaciones: no se pueden pagar en efectivo operaciones iguales o superiores a 1.000 euros cuando una de las partes actúa como empresario o profesional. Esto incluye supermercados, tiendas, restaurantes, talleres y cualquier comercio.

La norma está recogida en la Ley 7/2012, reforzada posteriormente por la Ley 11/2021, y es aplicada directamente por la Agencia Tributaria.

En la práctica, significa lo siguiente:
Una compra de 200, 400 o 800 euros puede pagarse íntegramente en efectivo sin ningún problema.
Una compra de 1.000 euros exactos o más no puede pagarse en metálico bajo ningún concepto.

Y aquí es donde mucha gente se equivoca.

No sirve dividir el pago ni hacer varios tickets

Uno de los errores más habituales es pensar que se puede “esquivar” el límite pagando una parte en efectivo y el resto con tarjeta. Hacienda lo prohíbe expresamente.

Si una compra asciende a 1.050 euros, no es válido pagar 900 en efectivo y 150 con tarjeta. Tampoco sirve dividir la compra en varios tickets si en realidad se trata de una única operación.

El límite se aplica al importe total de la operación, no al método de pago ni al número de tickets. Cuando se supera el umbral, toda la compra debe abonarse por medios electrónicos identificables.

Qué se considera efectivo para Hacienda y qué no

Otro punto clave que genera confusión es qué entiende Hacienda por pago en efectivo. No se trata solo de billetes y monedas.

Para la Agencia Tributaria también son efectivo:

  • Billetes y monedas
  • Cheques al portador
  • Cualquier medio de pago anónimo

En cambio, no se consideran efectivo los pagos con tarjeta nominativa, transferencias bancarias, domiciliaciones o Bizum vinculado a una cuenta. Todos estos métodos dejan rastro y son plenamente legales para operaciones superiores a 1.000 euros.

La excepción que pocos conocen y afecta a turistas

Existe una excepción relevante que no se aplica a la mayoría de residentes, pero sí a turistas extranjeros.

Cuando quien paga es una persona física sin actividad empresarial y sin domicilio fiscal en España, el límite de pago en efectivo se eleva hasta 10.000 euros. Es una medida pensada para visitantes internacionales y zonas turísticas, no para compras habituales de residentes en supermercados.

Para el ciudadano medio que vive y tributa en España, el tope de 1.000 euros sigue siendo inamovible.

La multa por incumplir la norma es seria y compartida

Ignorar este límite no sale barato. La sanción asciende al 25% del importe pagado en efectivo en una operación prohibida. Y hay un detalle importante: la responsabilidad es solidaria.

Eso significa que tanto el cliente como el comercio pueden ser sancionados. No vale escudarse en que “me dejaron pagar” o en que “el cliente insistió”.

La ley, eso sí, contempla una vía para evitar la multa. Si una de las partes denuncia la operación ante Hacienda en un plazo de tres meses, queda exenta de sanción. El problema pasa íntegramente a la otra parte.

Europa va en la misma dirección y endurecerá el control

Este límite no es un caso aislado de España. La Unión Europea ya ha confirmado que a partir de 2027 se aplicará un tope común de 10.000 euros por operación en efectivo en todos los Estados miembros.

España, de hecho, va por delante con una normativa mucho más restrictiva, impulsada por la lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales, una línea defendida de forma reiterada por el Ministerio de Hacienda que dirige María Jesús Montero.

En resumen, en 2026 puedes seguir pagando en efectivo en el supermercado. Nadie ha eliminado el dinero físico ni lo ha prohibido. Pero su uso está claramente limitado cuando entra en juego un comercio o profesional.

Hasta 999 euros, ningún problema.

Desde 1.000 euros, pago electrónico obligatorio.

El efectivo sigue siendo un derecho, sí, pero nunca puede utilizarse para saltarse una norma fiscal que está plenamente en vigor y que Hacienda controla cada vez con más precisión.

Deja tu respuesta