Hay conflictos vecinales que se toleran… hasta que se vuelven insoportables. El ruido, las humedades o las mascotas suelen encabezar la lista, pero hay uno que desespera en silencio y acaba estallando: los olores persistentes que salen de la cocina de un vecino y se cuelan en escaleras, rellanos o zonas comunes.
Lo que muchos no saben es que la ley no solo te ampara, sino que establece un procedimiento claro y contundente para actuar. Y no, no hace falta aguantar indefinidamente ni resignarse a vivir con la nariz tapada.
La clave está en la Ley de Propiedad Horizontal y, más concretamente, en su artículo 7.2.
Cuando un olor deja de ser anecdótico y se convierte en un problema legal
No todos los olores son denunciables. La ley no entra en guerras por un sofrito ocasional o una comida puntual. El problema aparece cuando los olores son continuos, intensos y afectan a la convivencia normal del edificio.
Hablamos de situaciones repetidas en el tiempo: cocinas sin ventilación adecuada, acumulación de basura, frituras constantes o prácticas insalubres que terminan impregnando las zonas comunes. Ahí es cuando deja de ser una molestia subjetiva y pasa a considerarse una actividad molesta o insalubre.
Y la ley es muy clara al respecto.
El artículo 7.2 y por qué es tu mejor aliado
El artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal prohíbe expresamente realizar en una vivienda actividades que resulten molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas y establece qué debe hacer la comunidad si eso ocurre.
No habla solo de ruidos o negocios ilegales. Los malos olores persistentes encajan perfectamente en este supuesto cuando afectan al resto de vecinos o a los espacios comunes del edificio.
Y lo más importante: no se queda en palabras bonitas. Marca un camino legal muy concreto.
El primer paso siempre es el mismo y casi nadie lo hace bien
Antes de hablar de juzgados, el procedimiento empieza en casa. Literalmente.
Lo primero es comunicar el problema al presidente de la comunidad. No basta con quejarse en el rellano o en el grupo de WhatsApp. Debe constar una queja formal para que el presidente pueda requerir al vecino causante el cese inmediato de la actividad.
Ese aviso no es una charla informal. Es un requerimiento oficial que ya deja constancia de que el problema existe y de que se ha advertido al responsable.
Si el vecino corrige la situación, asunto cerrado. Si no lo hace, la cosa se pone seria.
Cuando el diálogo falla entra en juego la justicia
Si los olores continúan pese al aviso, la ley permite ir mucho más allá. El presidente, con autorización de la junta de propietarios, puede interponer una acción judicial de cesación.
Esto implica acudir a un juicio ordinario en el que se valoran pruebas, testimonios y la persistencia del problema. Y aquí llegan las consecuencias que muchos desconocen.
El juez puede ordenar como medida cautelar que cesen inmediatamente los olores, incluso antes de dictar sentencia. Y si la resolución es favorable a la comunidad, las sanciones pueden ser muy severas.
Desde indemnizaciones económicas hasta la privación del derecho de uso de la vivienda durante un máximo de tres años. En casos extremos, si el infractor no es propietario, puede perder cualquier derecho sobre la vivienda y ser desalojado.
Sí, todo esto por unos olores que se han ignorado durante demasiado tiempo.
Por qué no es exagerado denunciar olores persistentes
Muchos vecinos dudan en dar el paso por miedo a “liarla” o parecer exagerados. Pero la ley no actúa por capricho. Un olor constante puede implicar problemas de salubridad, riesgos sanitarios e incluso peligros si hay acumulación de residuos o mala ventilación.
Además, cuando los olores llegan a zonas comunes, ya no es un conflicto privado entre dos vecinos. Es un problema comunitario.
Por eso la Ley de Propiedad Horizontal no deja este tipo de situaciones al azar ni a la buena voluntad.
La convivencia tiene límites y la ley los marca
Vivir en comunidad implica tolerancia, pero también respeto. Aguantar de forma indefinida algo que afecta a tu salud o a tu calidad de vida no entra dentro de lo razonable.
La norma es clara: si los olores de la cocina de un vecino invaden las zonas comunes de forma persistente, puedes actuar. Primero con diálogo, después con respaldo legal y, si hace falta, con una sentencia que obligue a poner fin al problema.
Porque convivir no significa resignarse.











