Agredió ebrio a su exmujer y pegó a su hijo menor, pero la Audiencia Provincial entendió que fue un ataque ‘burdo y violento’ sin connotación sexual
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado una sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que absolvió a un hombre de San Cristóbal de La Laguna de un cargo de agresión sexual. El TSJC ha actuado a raíz de un recurso del fiscal, ordenando que se dicte una nueva sentencia con libertad de criterio.
La Sala de lo Penal del TSJC ha rechazado la absolución al considerar que el caso se ajusta al caso el criterio del fiscal, quien discrepó en la valoración de los hechos, por lo que ordena que se dicte una nueva sentencia.
Se acepta el relato de la sentencia original, que cuenta que el acusado y la denunciante estuvieron casados durante unos 20 años, y aunque su relación terminó a finales de 2023, siguieron viviendo juntos en la casa de la familia, donde tenían dos hijos, de 13 y 16 años en ese momento.
La agredió ebrio, pegó a su hijo menor y se tiró en marcha del coche
Según la sentencia ahora anulada, el 2 de diciembre de 2023, el acusado regresó a casa tras haber tomado algunas cervezas y entró en la habitación de su exmujer. Allí, comenzó a gritarle y a retirar la colcha que la cubría. Luego, la agredió, provocándole un hematoma en el muslo y tocando su zona genital, a pesar de que ella le suplicó que se detuviera.
El hijo menor decidió intervenir al escuchar los gritos, y el acusado le propinó una bofetada. Para evitar más agresiones, la mujer salió con él en el coche, pero al llegar a un lugar cerca de un cuartel de la Guardia Civil, se lanzó del vehículo en movimiento, lo que le causó lesiones.
La Audiencia original condenó al sujeto por maltrato y violencia doméstica, pero lo absolvió del delito de agresión sexual, argumentando que su tocamiento no había tenido intención sexual.
El TSJC considera que existe agresión sexual por celos y problemas de autocontrol del acusado
El TSJC disiente en este punto, afirmando que sí hay un intento de atentar contra la libertad sexual debido a celos y problemas de autocontrol del acusado, quien estaba bajo la influencia del alcohol. El tribunal sugiere que el tocamiento tenía una intención sexual y no era simplemente una conducta para molestar.
El TSJC subraya que, según la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no puede condenar a alguien ya absuelto, ni agravar la sentencia, pero sí puede anularla y devolver el caso al tribunal de primera instancia, lo que procederá a hacer en este caso.








