La información del funcionamiento de la tarjeta revolving debe proporcionarse al consumidor de forma clara y comprensible antes de la firma del contrato
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) ha dictado dos sentencias en las que se pronuncia sobre la falta de transparencia y la abusividad de la cláusula del contrato de tarjeta de crédito que fija el interés remuneratorio, evaluada conjuntamente con las que establecen el sistema de amortización revolving.
Según el TS, la información que debe proporcionarse al consumidor antes de la firma del contrato tiene que presentarse de forma clara y accesible en cuanto a su contenido, redacción y ubicación en el documento.
En concreto, se debe explicar detalladamente el funcionamiento del mecanismo de recomposición del capital y cómo este influye en la liquidación de intereses y la amortización del capital utilizado, especialmente en escenarios donde el riesgo aumenta significativamente.
El consumidor debe comprender el mecanismo del revolving
Por ello, añade el TS, es esencial que el consumidor comprenda la relación entre la alta TAE, el mecanismo de recomposición del capital y otras cláusulas relevantes que impactan en los riesgos mencionados, permitiéndole evaluar con precisión y claridad las consecuencias económicas que esto puede tener para él.
Anatocismo, los ‘intereses de los intereses’
La información suministrada debe capacitar al consumidor medio para entender el producto ofrecido y ser consciente de los riesgos asociados, como la duración indefinida o la renovación automática del contrato, los altos intereses, la constante recomposición del crédito, la escasa amortización del capital en cuotas reducidas y el anatocismo.
En concreto, el anatocismo -los ‘intereses de los intereses’- consiste en acumular al capital de un préstamo los intereses vencidos y no satisfechos, para que estos a su vez generen nuevos intereses.
Aplicación automática de la opción revolving
Además, añade el TS, debe permitirle comparar distintas opciones de financiación, lo que requiere detallar las características, costos y riesgos de las modalidades disponibles.
En muchas ocasiones, se aplica automáticamente la opción revolving, aunque existen otras alternativas como el pago aplazado sin intereses a fin de mes o el pago aplazado con intereses, que se asemeja a un préstamo al consumo.
Mientras que la diferencia entre la modalidad revolving y el pago aplazado sin intereses es fácil de entender, la distinción entre el pago aplazado con intereses y la opción revolving puede no ser tan evidente para el consumidor.
La falta de transparencia no implica ilegalidad
Si bien la falta de transparencia no implica automáticamente que una cláusula sea abusiva, precisa el TS, en el caso de las tarjetas revolving, la opacidad en la información sobre la TAE, sumada a la falta de claridad en el sistema de amortización, el anatocismo y las cuotas mínimas, genera un grave desequilibrio para el consumidor.
Esto va en contra de los principios de buena fe, ya que el consumidor, al no comprender los riesgos inherentes a este tipo de amortización, no puede comparar adecuadamente la oferta con otras alternativas y puede terminar en una situación financiera comprometida. Esto puede derivar en lo que el Tribunal ha denominado «deudor cautivo» y el Banco de España conoce como el «efecto bola de nieve».








