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El CGPJ insta por unanimidad a los políticos a no citar a jueces para sus comisiones de investigación

Si el Congreso o el Senado requieren a jueces para declarar en comisiones de investigación, el CGPJ deniega la autorización para que comparezcan

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este jueves por unanimidad instar al Congreso y al Senado a abstenerse de citar a jueces para declarar ante comisiones de investigación parlamentarias constituidas sobre hechos que hayan conocido los en las actuaciones objeto de su actividad jurisdiccional.

Si los magistrados reciben una cita para acudir a declarar ante una comisión de políticos, el CGPJ denegará la autorización de comisiones de servicios a los integrantes del Poder Judicial para que comparezcan.

Los jueces y magistrados que convoquen los políticos para una de sus comisiones de investigación deberán ponerlo en conocimiento inmediato de la Comisión Permanente del CGPJ remitiéndole copia de la citación recibida.

Del mismo modo, los jueces y magistrados no podrán revelar de ninguna forma hechos o circunstancias de las que hubieren tenido conocimiento por razón de su ejercicio profesional.

El CGPJ recuerda que actúa de conformidad con los artículos 76 y 117 de la Constitución Española y 396 y 399 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Este acuerdo ha sido comunicado a las presidencias del Congreso y del Senado, y a la Red Europea de Consejos de Justicia.

El texto aprobado hoy por el CGPJ

Las comisiones de investigación a jueces y magistrados suponen un riesgo para la independencia judicial

En las últimas semanas se han repetido los comunicados de este Consejo, del Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia, las Audiencias Provinciales, los Jueces Decanos y numerosas instituciones públicas y privadas alertando de los riesgos que suponen para la independencia judicial que las Comisiones de Investigación constituidas en el Congreso acuerden la comparecencia de miembros de la Carrera Judicial para declarar sobre asuntos que conozcan o hayan conocido en el ejercicio de la función jurisdiccional.

El CGPJ respeta la autonomía de las cámaras para crear comisiones que exijan responsabilidades políticas

A pesar de ello, destacados portavoces de los grupos parlamentarios que han promovido la creación de comisiones de investigación insisten en que se recabe la comparecencia en ellas de jueces y magistrados.

Se hace necesario, por lo tanto, que el Pleno del CGPJ deba pronunciarse de nuevo para manifestar, en primer lugar, el absoluto respeto de este órgano a la autonomía de las Cámaras para que creen cuantas comisiones estimen conveniente para esclarecer hechos acaecidos sobre asuntos objeto de las mismas con el propósito de exigir, en su caso, la responsabilidad política que proceda.

Las comisiones parlamentarias carecen de atribuciones para llamar a declarar a jueces y magistrados

En segundo lugar, con la misma firmeza que respeta la autonomía parlamentaria, el CGPJ debe garantizar en todo momento la independencia judicial.

Por ello y por imperativo del artículo 76 CE, el artículo 117 CE y los artículos 396 y 399 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), ha de quedar constancia de que dichas comisiones parlamentarias carecen de atribuciones para llamar a declarar ante ellas e investigar a jueces y magistrados sobre asuntos que estos conozcan o hayan conocido en su labor de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.

Los magistrados están sujetos a responsabilidad penal ante los órganos judiciales correspondientes y no de comisiones parlamentarias

Los jueces y magistrados están plenamente sometidos a la Constitución y a las leyes y sujetos a responsabilidad disciplinaria y penal cuando incurran en los supuestos tipificados como infracciones o delitos.

Ahora bien, la exigencia de la primera corresponde en exclusiva a este Consejo por mandato del artículo 122 CE y, la segunda, a los órganos judiciales servidos por “jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley».

Unas condiciones que, obviamente, no reúnen los miembros de las comisiones parlamentarias de investigación, pues su función se desenvuelve en el plano estrictamente político y está orientada y limitada a exigir responsabilidades de esa naturaleza.

Los jueces y magistrados no deben atender a requerimientos, comparecer ni declarar ante comisiones de investigación

En el supuesto de que jueces y magistrados fueran llamados a declarar ante las repetidas comisiones de investigación sobre asuntos en los que hayan o estén interviniendo en su condición de tales, incluso bajo la advertencia de que pudieran incurrir en responsabilidad penal si no comparecieran, no tendrán la obligación de atender el requerimiento que se les envíe.

Del mismo modo, tampoco deberán comparecer en ellas y el CGPJ tampoco autorizará comisiones de servicios por tal motivo.

Cada poder del Estado ha de suscribirse a su ámbito de actuación

Por último, el recordatorio de que cada poder ha de circunscribir su actuación a su ámbito respectivo ha de completarse con el llamamiento a que se proceda cuanto antes a la renovación del Consejo y se ponga fin a la anomalía constitucional en la que nos encontramos cuya duración ha rebasado con creces el límite de lo tolerable.

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