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Nuevo varapalo para Sánchez: la Audiencia Nacional seguirá instruyendo el ‘caso Koldo-PSOE’

El Supremo resuelve que no se cumplen las condiciones para enviar el caso a la Fiscalía Europea, ni esta puede investigar con la eficacia de la AN

El Tribunal Supremo (TS) resuelve la cuestión de competencia positiva planteada por el juez del ‘caso Koldo-PSOE’ y concluye que la Audiencia Nacional (AN) debe seguir la instrucción y que Fiscalía Europea (EPPO) no es competente para investigar los presuntos delitos, porque no afectan a los intereses financieros de la Unión.

En un auto notificado este viernes, la Sala de lo Penal del TS asigna al Juzgado Central de Instrucción nº2 de la AN, y no a la EPPO la competencia para investigar la presunta trama de cobro de mordidas en adjudicaciones de compras de material sanitario por parte de ministerios y gobiernos regionales socialistas durante la pandemia.

A pesar del interés del Ejecutivo socialista de que asuma la causa entera la Fiscalía Europea, la EPPO sólo tendrá competencias para determinar la posible comisión de un delito contra los intereses financieros de la Unión.

El Gobierno propuso a la UE un fiscal delegado de su gusto, Ignacio de Lucas, -hermano de un exsenador socialista- a quien en su momento designó a dedo la exministra Dolores Delgado como nº2 de la fiscalía antidroga.

Caso Koldo-PSOE: ‘Posible existencia de una organización criminal’ con ‘mediación de cargos públicos’

El TS explica que en el caso Koldo-PSOE se investiga, hasta el momento, “la posible existencia de una organización criminal destinada a obtener de forma irregular adjudicaciones de contratos de material sanitario en distintas administraciones públicas nacionales”.

Las licitaciones, presuntamente, se consiguieron “con o a través de la intervención y/o mediación de cargos públicos de tales administraciones, que se habrían enriquecido con su actuación, como lo habrían hecho los miembros de aquella organización -posibles delitos de cohecho, tráfico de influencias y organización criminal”-.

“Unos y otros, presuntamente, habrían tratado de ocultar las ganancias obtenidas a través de diversas operaciones financieras también objeto de investigación -posibles delitos de blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública- “, señala el TS.

‘Trama de corrupción a nivel nacional que afectaría a diversas administraciones y organismos públicos’

El Supremo entiende que “ las actuaciones practicadas parecen estar dirigidas a investigar la posible existencia de una trama de corrupción a nivel nacional que afectaría a diversas administraciones y organismos públicos, también nacionales, que debe y puede ser investigada más eficazmente por órganos de la misma naturaleza, dada su falta de conexión material con cualquier interés supranacional”.

El TS agrega que, “sin perjuicio de lo que finalmente pudiera resultar de la investigación, las adjudicaciones presuntamente irregulares a Puertos del Estado -por 20 millones de euros- y a la Secretaría de Estado de Seguridad -por 3.479.355 euros- pudieron ser financiadas íntegramente por fondos nacionales”.

Por otra parte, prosigue, “de los 12.500.000 de euros correspondientes a la adjudicación de ADIF, 10.868.867,47 euros corresponderían a fondos nacionales y 1.631.132,53 euros a fondos de la Unión”. El auto precisa que el curso de la investigación del caso determinará finalmente la cantidad y el origen de los fondos afectados.

La sala subraya que “En definitiva, aun cuando los delitos investigados en el Juzgado Central de Instrucción sean aquéllos sobre los que la Fiscalía Europea podría asumir su investigación” no consta, al menos provisionalmente, “la premisa previa para ello: que se constate la existencia de un posible perjuicio a los intereses financieros de la Unión”.

La investigación del caso Koldo-PSOE perderá ‘ritmo y eficacia’ si pasa a la EPPO

Por otra parte, como la investigación del caso Koldo-PSOE por la AN se encuentra en un estado avanzado y «dada su evidente complejidad», el TS considera que el cambio de competencia podría mermar su ritmo y eficacia.

Además, tampoco advierte que la EPPO esté en mejor posición para asumir la investigación por contar con una mayor especialidad o mejor dotación de medios materiales y humanos que la Audiencia Nacional.

No se cumplen las condiciones para que intervenga la UE

El TS señala que la génesis de la EPPO es la de proteger los intereses de la UE a nivel supranacional, paliando las dificultades que los órganos nacionales pueden afrontar a la hora de perseguir las infracciones que perjudican estos intereses.

El Supremo añade que cualquier interpretación del alcance de la competencia de la EPPO debe partir de la siguiente premisa: “los delitos competencia de esta Fiscalía, lo serán, si existe ese perjuicio a los intereses financieros de la Unión y si su mejor y más eficaz persecución exige que aquella asuma su investigación y persecución”.

Finalmente, el Alto Tribunal se suma al criterio de Fiscalía del propio Tribunal Supremo y de la Fiscalía Anticorrupción y en su auto señala que no se puede concluir que la AN está investigado “delitos intrínsecamente ligados al fraude de los intereses financieros de la Unión que, por su dimensión, pudiera justificar la intervención de un órgano supranacional como la Fiscalía Europea. Tampoco que estos delitos puedan suponer una amenaza para aquéllos o para las instituciones de la UE”.

1 Comment

  1. Juan Garcia
    Sáb 27 julio 2024 @ 00:08

    Y la audiencia nacional, ¿De quien depende?.

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