Alertan que el presidente del TC ha ordenado que no vuelvan a publicarse en notas de prensa los votos particulares contrarios a las sentencias
Los magistrados discrepantes con la sentencia que borra los delitos de un ex alto cargo socialista (Miguel Ángel Serrano), encarcelado por malversación y prevaricación, denuncian que el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, ha ordenado silenciar sus votos contrarios a la mayoría izquierdista.
Según recoge ABC, los magistrados contrarios al fallo denuncian que fue una decisión de presidente del organismo quien, además de eliminar su criterio de la nota de prensa sobre el fallo de hoy, ha extendido su decisión a las que se emitan en el futuro.
Tras dos sentencias consecutivas en las que la mayoría izquierdista del TC borró delitos de malversación y prevaricación perpetrados por dirigentes socialistas de la trama corrupta de los ERE, la web del tribunal sólo ha divulgado una nota de prensa con el fallo que exonera al ‘cajero de los ERE’ sin incluir el voto discrepante, que se conocerá dentro de unos días cuando se divulgue la sentencia íntegra.
Ocultación de un voto discrepante que alerta sobre la deriva del TC con la malversación
El voto particular contra el anterior fallo del TC (que borraba la condena prevaricación a Magdalena Álvarez por el Supremo) alertó hace unos días que “la sentencia ha devastado los límites de la jurisdicción constitucional, al irrumpir en el ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria y suplantar la función del Tribunal Supremo como máximo intérprete de la ley”.
La artimaña denunciada hoy parece un presunto intento de retrasar la difusión de un voto discrepante igual o más demoledor que advierta de la deriva del TC, que se resume a continuación.
El voto discrepante sobre el borrado del delito de prevaricación de la condenada por los ERE, Magdalena Álvarez
En la anterior sentencia, los magistrados discrepantes con la mayoría izquierdista del Constitucional, advirtieron que rebajar condenas en “el asunto de corrupción más importante de la historia reciente de España” (saqueo socialista de fondos para desempleados) rectifica por primera vez al Supremo “en la interpretación de un elemento recogido en la descripción objetiva de la conducta delictiva”.
Uno de los magistrados advirtió que la sentencia “debilita los fundamentos del Estado de Derecho, introduce causas de irresponsabilidad no previstas en la Ley, incurre en un exceso de jurisdicción que socava la posición institucional que la Constitución reconoce al Tribunal Supremo, debilita la persecución eficaz de los delitos de corrupción institucionalizada cometidos por el Gobierno o sus miembros y supone un incumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por España frente a la corrupción”.








