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‘Gobierno de la gente’: los periodos de ERTE por COVID-19 no computan a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo

El TSXG determina que la normativa especial Covid-19 de Sánchez no incluye ese derecho, aunque exonera de las cotizaciones empresariales

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG), siguiendo el criterio del Supremo, avala la resolución del Servicio Público de Empleo Estatal de no considerar como tiempo de efectiva cotización, a efectos de una nueva prestación de desempleo, los periodos de ERTE por COVID-19 de una trabajadora despedida de una empresa de deportes el 30 de diciembre de 2022.

‘La normativa especial COVID-19 no contempla ese derecho’

La Sala de lo Social del TSXG explica que ese tiempo no puede computarse a efectos de ampliar la duración de la prestación, puesto que, tal y como indicó el Supremo en una sentencia, “la normativa especial COVID-19 no contempla ese derecho, siendo aplicable la regla general que excluye esa posibilidad”.

El artículo 24.2 RD ley 8/2020 Por la ley del autopercibido ‘gobierno de la gente’ tiene por finalidad “considerar como cotizados los periodos durante los que la empresa queda liberada de esa obligación y no ingresa, en consecuencia, las cotizaciones”, señaló el Supremo en su momento.

La ley especial de Sánchez por la pandemia excluye la posibilidad en un ERTE

El citado artículo, precisa el TSXG, “señala que la exoneración de las cuotas empresariales no tendrá efectos para la persona trabajadora, `manteniéndose´ la consideración de dicho periodo como `efectivamente cotizado a todos los efectos´, pero de esta última expresión no cabe extraer la consecuencia de considerar como cotizado para desempleo el tiempo durante el que se perciben las prestaciones por suspensión del contrato de trabajo por fuerza mayor COVID”.

De esta forma, el TSXG estima el recurso interpuesto por el SPEE contra una sentencia emitida por el Juzgado de lo Social nº2 de Vigo y ha desestimado la demanda de la trabajadora.

La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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