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Nuevo ridículo judicial de Iglesias y Montero: desestimado su recurso contra la absolución de Miguel Frontera

Intentaron revocar la sentencia repitiendo la acusación y sin aportar razonamientos sobre las pruebas que demostraron la inocencia de Frontera

Exclusiva de LA BANDERA. La Audiencia Provincial de Madrid desestima la apelación de Pablo Iglesias e Irene Montero contra la sentencia absolutoria del pasado 1 de julio a Miguel Frontera. La pareja de Galapagar intentó encarcelar a Frontera acusándolo de injurias graves con publicidad, descubrimiento de secretos, injurias graves contra las instituciones de Estado [sic] y coacciones continuadas.

Iglesias y Montero recurrieron la sentencia exigiendo que se condene a Frontera por los supuestos delitos de los que le acusaban, alegando un fallo de valoración de las pruebas. Sin embargo, la Audiencia reconoce como hechos probados, expresamente los que se recogen en la sentencia apelada.

Intentaron revocar la sentencia sin razonamiento y repitiendo la acusación

En su desestimación, a la que ha tenido acceso LA BANDERA, la Audiencia recuerda a los querellantes que “Cuando la acusación alegue error en la valoración de la prueba para pedir la anulación de la sentencia absolutoria o el agravamiento de la condenatoria, será preciso que se justifique”, pero se limitaron a “reproducir su tesis acusatoria interesando exclusivamente la revocación de la sentencia”.

Además, añade la Audiencia, “la omisión de todo razonamiento sobre alguna de las pruebas practicadas que pudieran tener relevancia”, junta al “análisis exhaustivo del resultado de las diferentes pruebas a la luz de la acusación formulada”, debe confirmar la absolución de Miguel Frontera.

Finalmente, la Audiencia no aprecia mala fe en el recurrente y declara de oficio las costas procesales e informa que contra su decisión cabe recurso de casación ante la Sala 2ª del Tribunal Supremo.

Los hechos probados de la sentencia absolutoria de Miguel Frontera

Según la sentencia absolutoria, Miguel Frontera, entre “el 15 de mayo y el 12 de diciembre de 2020, disconforme con la gestión del Gobierno de la crisis de la pandemia del COVID 19, y con la finalidad de protestar contra la misma”, se incorporó a las concentraciones próximas al domicilio de Iglesias y Montero, entonces vicepresidente y ministra de Sánchez, respectivamente.

Pancartas de Miguel Frontera sobre Iglesias y Montero

Con el paso del tiempo, añade la sentencia absolutoria, Frontera comenzó a llevar a las concentraciones “un aparato de música con altavoces en el que reproducía con el volumen alto el himno nacional”, profería gritos y realizaba caceroladas. “Coexistiendo en el mismo lugar” un grupo de simpatizantes de Iglesias y Montero que “igualmente realizaban proclamas con un altavoz”.

El 2 de junio de 2020, añade el documento, Frontera exhibió allí una pancarta con “gran repercusión en las redes sociales, en la que había escrito el texto» Pablo Iglesias, hijo de terrorista«, pancarta que portó los siguientes días 3 y 4. Al día siguiente, añadió otra con el texto: “Irene Montero, Ministra analfabeta cuyo mérito es tener las rodilleras gastadas” que portó “hasta el 7 de junio”.

Grabación donde no aparecen personas

El 12 de julio de 2020, Frontera acudió de nuevo a la concentración, se subió a una roca “evitando los obstáculos visuales” del muro perimetral de la casa y “realizo una grabación en movimiento de parte del jardín y del porche de la vivienda de diez segundos de duración, con su teléfono móvil, siendo sorprendido por uno de los ocupantes de la vivienda. Grabación en la que no se aprecia la figura de persona alguna”, precisa la resolución.

La sentencia absolutoria resalta que no existen pruebas que acrediten que Frontera “tuviera intención de vigilar a los querellantes, de buscar su cercanía física o de establecer contacto con los allí residentes”.

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